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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 261, jueves 30 de diciembre de 2021


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OTRAS DISPOSICIONES

SPRI-AGENCIA VASCA DE DESARROLLO EMPRESARIAL
6461

RESOLUCIÓN de 17 de diciembre de 2021, de la Directora de Internacionalización de SPRI-Agencia Vasca de Desarrollo Empresarial, por la que se dispone la publicación del Acuerdo de 15 de diciembre de 2021, del Consejo de Administración de SPRI-Agencia Vasca de Desarrollo Empresarial, por el que se procede a la modificación de las Bases Reguladoras del Programa de Ayudas «Sakondu» 2021 y se ordena su publicación.

Habiéndose adoptado por el Consejo de Administración de SPRI-Agencia Vasca de Desarrollo Empresarial, en su sesión celebrada el 15 de diciembre de 2021, el Acuerdo por el que se procede a la modificación de las bases reguladoras del programa de ayudas «Sakondu» 2021 y se ordena su publicación, y a los efectos de darle la debida publicidad,

RESUELVO:

Artículo único.– Publicar en el Boletín Oficial del País Vasco el Acuerdo por el que se procede a la modificación de las bases reguladoras del programa de ayudas «Sakondu» 2021 y se ordena su publicación, que figura como anexo a la presente.

En Bilbao, a 17 de diciembre de 2021.

La Directora de Internacionalización de SPRI-Agencia Vasca de Desarrollo Empresarial,

MARÍA AINHOA ONDARZABAL IZAGUIRRE.

ANEXO A LA RESOLUCIÓN DE 17 DE DICIEMBRE DE 2021, DE LA DIRECTORA DE INTERNACIONALIZACIÓN DE SPRI-AGENCIA VASCA DE DESARROLLO EMPRESARIAL
ACUERDO DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE SPRI-AGENCIA VASCA DE DESARROLLO EMPRESARIAL DE 15 DE DICIEMBRE DE 2021 POR EL QUE SE PROCEDE A LA MODIFICACIÓN DE LAS BASES REGULADORAS DEL PROGRAMA DE AYUDAS «SAKONDU» 2021 Y SE ORDENA SU PUBLICACIÓN

Con fecha 31 de marzo de 2021, el Consejo de Administración de SPRI-Agencia Vasca de Desarrollo Empresarial (SPRI), acordó la aprobación, publicación y convocatoria de las bases reguladoras del Programa de Ayudas «Sakondu» 2021, ordenando su publicación.

En el plazo transcurrido desde su publicación se ha recibido un importante volumen de solicitudes, por lo que procede, dentro de las disponibilidades presupuestarias existentes, aumentar los recursos económicos asignados al programa.

ACUERDA:

Primero.– Aprobar la modificación del apartado 1 del artículo 3 de las bases reguladoras del Programa de Ayudas «Sakondu» 2021, que quedará redactado en los siguientes términos:

«Artículo 3.– Recursos Económicos.

1.– Los recursos económicos destinados a la finalidad establecida en el artículo 1 ascienden a la cantidad de 1.050.000 de euros, y provendrán de las correspondientes dotaciones presupuestarias establecidas al efecto en los presupuestos de SPRI- Agencia Vasca de Desarrollo Empresarial, incluidos en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi».

Segundo.– Facultar a la Dirección de Internacionalización de SPRI-Agencia Vasca de Desarrollo Empresarial a la realización de todos los actos de trámite que procedan para la publicación del presente Acuerdo, sin perjuicio de que este surte efectos desde su aprobación por el Consejo.

Tercero.– Contra el presente acuerdo, podrá interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el Consejo de Administración de SPRI-Agencia Vasca de Desarrollo Empresarial en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente de su publicación en el BOPV, o interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante la jurisdicción contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente de su publicación en el BOPV.

DISPOSICIÓN FINAL

Ordenar la publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.


Análisis documental