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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 256, viernes 24 de diciembre de 2021


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE TURISMO, COMERCIO Y CONSUMO
6397

ORDEN de 21 de diciembre de 2021, del Consejero de Turismo, Comercio y Consumo, de modificación de la Orden de 21 de septiembre de 2021, por la que se regula y convoca, para el ejercicio 2021, el programa para la reactivación del pequeño comercio local e incentivos al consumo en establecimientos del sector comercial y de servicios relacionados con la actividad comercial urbana de la Comunidad Autónoma del País Vasco «Euskadi Bono-Comercio / Euskadi Bono-Denda».

Al objeto de fomentar el consumo de bienes y la prestación de servicios en establecimientos comerciales y de servicios relacionados con la actividad comercial urbana por personas empresarias autónomas, microempresas y pequeñas empresas de la Comunidad Autónoma de Euskadi, intentando propiciar el fortalecimiento, favorecer tanto a la ciudadanía como al tejido empresarial, estimular la demanda, dinamizar la actividad comercial urbana promoviendo su repercusión en el ámbito local y comarcal, mejorar el fondo de maniobra de los establecimientos comerciales y de servicios y paliar el efecto económico derivado de las diferentes limitaciones sufridas por los establecimientos como consecuencia de las medidas adoptadas ante la pandemia del COVID-19, el Departamento de Turismo, Comercio y Consumo consideró necesario establecer una línea de subvenciones a fondo perdido que ayudase al fortalecimiento del sector comercial urbano y la dinamización de la actividad comercial en el ámbito local y comarcal, así como paliar el efecto económico derivado de la pandemia del COVID-19.

Todo ello, se plasmó en la Orden de 21 de septiembre de 2021 del Consejero de Turismo, Comercio y Consumo a través del programa de incentivos al consumo ante el COVID-19 –BOPV n.º 193, de 27 de septiembre de 2021–, por importe de cuatro millones seiscientos cincuenta mil (4.650.000) euros.

La campaña comenzó el pasado día 27 de octubre y el impacto que está teniendo en la reactivación económica del sector comercial y de servicios relacionados además de estar siendo muy bien recibida tanto por los sectores como por los propios consumidores, está superando todas las expectativas. Concretamente, se han canjeado el 80,84 % de los bonos puestos en circulación, 392.321 bonos canjeados, con un importe en descuentos por valor de 3.923.210 euros y un impacto en compras de 11.769.630 euros.

Además, debemos considerar que el mes de enero puede resultar especialmente duro para el sector comercial, junto al impacto muy positivo de esta campaña y los efectos obtenidos en la reactivación económica vasca.

Por todo ello, se considera necesario el incremento presupuestario en la dotación inicialmente prevista para el programa para la reactivación del pequeño comercio local e incentivos al consumo en establecimientos del sector comercial y de servicios relacionados con la actividad comercial urbana de la Comunidad Autónoma del País Vasco «Euskadi Bono-Comercio / Euskadi Bono-Denda» desde la cantidad inicialmente prevista de 4.650.000 euros hasta un total de 6.650.000 euros en el marco del programa de medidas contra la crisis del COVID19.

Solicitamos se proceda el incremento a su incorporación desde el saldo excedentario existente en la Dirección de Comercio en el capítulo IV del programa 1229 «COVID», por importe de dos millones (2.000.000) de euros.

Por lo expuesto,

RESUELVO:

Artículo único.– Ampliar la dotación económica de la Orden de 21 de septiembre de 2021, del Consejero de Turismo, Comercio y Consumo, por la que se regula y convoca el programa para la reactivación del pequeño comercio local e incentivos al consumo en establecimientos del sector comercial y de servicios relacionados con la actividad comercial urbana de la Comunidad Autónoma del País Vasco «Euskadi Bono-Comercio / Euskadi Bono-Denda», hasta la cantidad de 6.650.000 euros (seis millones seiscientos cincuenta mil) euros siguiendo los mismos criterios de distribución de los bonos descuentos establecidos en la mencionada orden (artículo 11).

DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA

La presente Orden surtirá efectos desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA

Contra la presente Orden, que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de reposición, ante el Consejero de Turismo, Comercio y Consumo, en el plazo de un mes, o directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

En Vitoria-Gasteiz, a 21 de diciembre de 2021.

El Consejero de Turismo, Comercio y Consumo,

JAVIER HURTADO DOMÍNGUEZ.


Análisis documental