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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 249, miércoles 15 de diciembre de 2021


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE DESARROLLO ECONÓMICO, SOSTENIBILIDAD Y MEDIO AMBIENTE
6221

RESOLUCIÓN de 24 de noviembre de 2021, del Delegado Territorial de Administración Industrial de Álava, por la que se concede autorización administrativa previa y de construcción para la instalación correspondiente al proyecto «Cambio de conductor para la línea aérea de media tensión, a 13,2 kV, «4656 L01 Landa», entre el apoyo n.º 1086 y el n.º 1132», en el término municipal de Legutio (Álava).

N.º expediente: 01ATY 202000046.

ANTECEDENTES DE HECHO

Con fecha 16 de septiembre de 2020, I-DE Redes Eléctricas Inteligentes, S.A.U. solicitó autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción para la instalación correspondiente al proyecto «Cambio de conductor para la línea aérea de media tensión, a 13,2 kV, «4656 L01 Landa», entre el apoyo n.º 1086 y el n.º 1132», en el término municipal de Legutio (Álava).

Con fecha 23 de febrero de 2021 se requirió al promotor la presentación de la documentación necesaria para realizar el informe de impacto medioambiental, al advertirse que el proyecto requería de evaluación de impacto ambiental simplificada, al afectar a la zona periférica de protección de un Espacio Protegido de la Red Natura 2000.

Con fechas 22 de marzo y 25 de junio de 2021 el promotor presentó la documentación requerida.

Con fecha 15 de julio de 2021 se completó por la Delegación Territorial de Administración Industrial de Álava la solicitud a la Dirección de Calidad Ambiental y Economía Circular para la emisión de informe de impacto ambiental del proyecto.

Con fecha 24 de septiembre de 2021 se emitió Resolución del Director de Calidad Ambiental y Economía Circular por la que se formula el informe de impacto ambiental del proyecto (BOPV de 21-10-2021). En dicho informe no se prevén efectos significativos sobre el medio ambiente, tomadas en consideración las características del ámbito, de la actividad y las medias protectoras y correctoras propuestas por el promotor así como las dictadas por el órgano ambiental.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS

La Delegación Territorial de Administración Industrial de Álava es el órgano competente para la tramitación y resolución del presente expediente, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 23 del Decreto 68/2021, de 23 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente.

En la tramitación de este expediente se han cumplido las prescripciones establecidas en el Decreto 48/2020, de 31 de marzo, por el que se regulan los procedimientos de autorización de las instalaciones de producción, transporte y distribución de energía eléctrica y en la Ley 21/2013, de 8 de diciembre, de evaluación ambiental.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación, el Delegado Territorial de Administración Industrial de Álava

RESUELVE:

Primero.– Conceder a I-DE Redes Eléctricas Inteligentes, S.A.U. autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción para la instalación correspondiente al proyecto «Cambio de conductor para la línea aérea de media tensión, a 13,2 kV, «4656 L01 Landa», entre el apoyo n.º 1086 y el n.º 1132», en el término municipal de Legutio (Álava)

Estas autorizaciones se conceden con las condiciones generales siguientes:

1.– Las obras deberán realizarse de acuerdo con el proyecto aprobado, con las variaciones que en su caso se soliciten y autoricen.

2.– Deberán adoptarse las medidas protectoras y correctoras establecidas en el proyecto y la documentación medioambiental, así como las establecidas en la Resolución de 24 de septiembre de 2021 del Director de Calidad Ambiental y Economía Circular, por la que se formula el informe de impacto ambiental del proyecto (BOPV de 21-10-2021).

3.– El plazo de puesta en marcha será de dos años contado a partir de la presente Resolución. Transcurrido dicho plazo sin que se haya solicitado la autorización de explotación de la instalación, se podrá declarar la caducidad de la presente Resolución.

4.– El titular de las instalaciones, una vez ejecutado el proyecto, y tras las comprobaciones reglamentarias, dará cuenta de la terminación de las obras a la Delegación Territorial de Administración Industrial de Álava a efectos de la autorización de explotación y puesta en servicio, acompañando la documentación que se indique en los reglamentos técnicos de aplicación.

Segundo.– Ordenar la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial del País Vasco.

La presente Resolución se otorga sin perjuicio e independientemente de las autorizaciones, licencias o permisos de competencia municipal, provincial y otros necesarios para la realización de las obras, no relevándose al peticionario de la obligación de obtener las mismas. Así mismo, se concede sin perjuicio de posibles derechos de terceros y dejando a salvo el derecho de propiedad.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante el Director de Proyectos Estratégicos y Administración Industrial, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de notificación de esta resolución, todo ello en virtud de lo establecido en el artículo 121 y siguientes de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo común de las Administraciones Públicas.

En Vitoria-Gasteiz, a 24 de noviembre de 2021.

El Delegado Territorial de Administración Industrial de Álava,

JESÚS PASCUAL LORENTE.


Análisis documental