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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 208, martes 19 de octubre de 2021


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OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE CULTURA Y POLÍTICA LINGÜÍSTICA
5319

RESOLUCIÓN de 4 de octubre de 2021, del Director de Actividad Física y Deporte, por la que se modifica el importe global máximo destinado en la Orden de 18 de junio de 2021, del Consejero de Cultura y Política Lingüística, por la que se convoca y regula la concesión de subvenciones para la organización de competiciones deportivas de alto nivel en el año 2021.

ANTECEDENTES

1.– La Orden de 18 de junio de 2021, del Consejero de Cultura y Política Lingüística, por la que se convoca y regula la concesión de subvenciones para la organización de competiciones deportivas de alto nivel en el año 2021, en su artículo 2 fijaba la dotación total de dichas ayudas en la cantidad de cien mil (100.000) euros, conforme a la siguiente distribución anual: 2021=50.000 y 2022=50.000.

2.– En la Disposición Adicional Segunda de la citada Orden se preveía la siguiente posibilidad:

«El volumen total de las ayudas a conceder no superará la citada cantidad o la que resulte de su incremento, en el supuesto que se aprueben modificaciones presupuestarias de conformidad con la legislación vigente, circunstancia a la que se dará la oportuna publicidad en el Boletín Oficial del País Vasco, mediante Resolución del Director de Actividad Física y Deporte.»

3.– Dado que en este momento existe disponibilidad presupuestaria en los términos previstos en la Disposición Adicional de la Orden de convocatoria de las ayudas

RESUELVO:

Primero.– Incrementar en 50.000 euros el importe global máximo destinado en la Orden de 18 de junio, del Consejero de Cultura y Política Lingüística, por la que se convoca y regula la concesión de subvenciones para la organización de competiciones deportivas de alto nivel en el año 2021, conforme a la siguiente distribución anual: 2021 = 25.000 euros; 2022 = 25.000 euros.

Por tanto, la cantidad global máxima prevista en el artículo 2 de la Orden de convocatoria queda fijada en ciento cincuenta mil (150.000) euros (2021=75.000, 2022=75.000).

Segundo.– Publicar la presente Resolución en el BOPV.

DISPOSICIÓN ADICIONAL PRIMERA

Contra la presente Resolución podrá interponerse recurso de alzada en el plazo de un mes a partir del día siguiente a su publicación en el BOPV ante el Consejero de Cultura y Política Lingüística.

DISPOSICIÓN ADICIONAL SEGUNDA

La presente Resolución surtirá efectos desde su publicación.

En Vitoria-Gasteiz, a 4 de octubre de 2021.

El Director de Actividad Física y Deporte,

JON REDONDO LERTXUNDI.


Análisis documental