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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 205, jueves 14 de octubre de 2021


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE PLANIFICACIÓN TERRITORIAL, VIVIENDA Y TRANSPORTES
5240

DECRETO 220/2021, de 5 de octubre, por el que se declara de urgencia la ocupación por la Diputación Foral de Gipuzkoa, a efectos de expropiación forzosa, de los bienes y derechos afectados por el Proyecto de construcción de rotonda en el ramal N-I-419-1 en Ugartemendi (Beasain) (3-SV-14/2020), en Beasain.

La Diputación Foral de Gipuzkoa, tras elaborar y aprobar formalmente el expediente del «Proyecto de construcción de rotonda en el ramal N-I-419-1 en Ugartemendi (Beasain)(3-SV-14/2020)», puso de manifiesto la necesidad de contar con la disponibilidad de todos los terrenos para la realización del proyecto.

Mediante Orden Foral de la diputada del Departamento de Infraestructuras Viarias, de fecha 8 de febrero de 2021, se resolvió iniciar el expediente de expropiación forzosa y someter al trámite de información pública la relación de bienes y derechos afectados, por el plazo de un mes, mediante anuncios insertados en el Boletín Oficial de Gipuzkoa N.º 36, de 24 de febrero de 2021, y prensa. Posteriormente, en sesión celebrada el 11 de mayo de 2021, la Diputación Foral de Gipuzkoa acuerda solicitar al Gobierno Vasco la declaración de urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por el referido proyecto, a los efectos previstos en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa.

Los bienes y derechos a los que se concreta la declaración de urgente ocupación han quedado determinados e individualizados con los datos suficientes para su identificación en la relación confeccionada al efecto y que obra en el expediente, la cual, en su momento, fue sometida a información pública, habiéndose presentado cuatro alegaciones, según consta en el expediente administrativo.

Los Servicios Técnicos han observado que no existe obstáculo urbanístico para la tramitación del expediente.

Se estima inaplazable la ocupación por las siguientes circunstancias:

La intersección N-I-419-1 «Enlace de Lazkao y Beasain» donde confluyen las carreteras GI-2120 «De Estella a Beasain por Lizarrusti» y el ramal de salida de la N-I hacia Lazkao viniendo de Idiazabal (en el barrio de Ugartemendi de Beasain, próximo a Senpere) presenta una tipología de cruce en «T», da servicio a importantes núcleos urbanos e industriales y soporta un tráfico de cierta intensidad con paso de numerosos vehículos pesados, entre ellos transportes especiales con origen-destino las instalaciones que la empresa CAF tiene en la zona.

Su actual configuración no permite el giro a izquierdas de la N-I hacia el casco de Beasain. Asimismo, los vehículos que llegan por la GI-2120 (desde Lazkao) y quieren tomar la N-I dirección Irún deben girar a izquierda y no disponen de un carril central de espera, por lo que paran sobre el carril de circulación y se genera una fila de vehículos detenidos.

Se trata de un nudo complejo que da servicio a núcleos urbanos poblados y a zonas industriales de importancia y no funciona correctamente, constituyendo un problema de ámbito comarcal que afecta a un elevado número de habitantes e industrias.

La ejecución de las obras previstas en el proyecto conllevará una mejora de la fluidez de la circulación en el entorno y de la seguridad vial.

Para no demorar la mejora de la seguridad vial de este cruce, se considera necesaria y urgente la ejecución de las obras contenidas en este proyecto.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 26.1.f) de la Ley 4/1990, de 31 de mayo, de Ordenación del Territorio del País Vasco, corresponde al Gobierno Vasco acordar la declaración de urgencia de la ocupación de los bienes y derechos afectados por la aplicación de la expropiación forzosa a unidades de ejecución completas, sistemas generales de la ordenación urbanística del territorio o a la de alguno de sus elementos o para la realización de actuaciones aisladas en suelo urbano, correspondiendo al Consejero o Consejera competente en materia de ordenación del territorio, de acuerdo con lo establecido en el artículo 26.2 del mismo texto legal, elevar al Consejo de Gobierno la correspondiente propuesta.

En su virtud a propuesta del Consejero de Planificación Territorial, Vivienda y Transportes y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 5 de octubre de 2021,

DISPONGO:

Artículo único.– De conformidad con lo dispuesto en los artículos 52 de la Ley de Expropiación Forzosa y 26 de la Ley de Ordenación del Territorio del País Vasco, se declara urgente la ocupación por la Diputación Foral de Gipuzkoa, a efectos de expropiación forzosa, de los bienes y derechos concretados e individualizados en la relación obrante en el expediente instruido al efecto y necesarios para la ejecución del «Proyecto de construcción de rotonda en el ramal N-I-419-1 en Ugartemendi (Beasain)(3-SV-14/2020)».

DISPOSICIÓN FINAL

Contra el presente Decreto, que agota la vía administrativa, podrá interponerse, previamente, en su caso, recurso de reposición ante el Consejo de Gobierno en el plazo de un mes, o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo ante la sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco dentro del plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de su última publicación.

Dado en Vitoria-Gasteiz, a 5 de octubre de 2021.

El Lehendakari,

IÑIGO URKULLU RENTERIA.

El Consejero de Planificación Territorial, Vivienda y Transportes,

IGNACIO MARÍA ARRIOLA LÓPEZ.


Análisis documental