N.º 203, lunes 11 de octubre de 2021
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OTRAS DISPOSICIONES
DEPARTAMENTO DE SALUD
5182
RESOLUCIÓN de 17 de septiembre de 2021, del Viceconsejero de Salud, por la que se resuelven las ayudas a organizaciones profesionales, asociaciones sin ánimo de lucro que desarrollen su labor en el ámbito de la salud y entidades científicas de especialidades sanitarias sin ánimo de lucro, para su funcionamiento y organización de actividades de formación continua del personal 2020.
Por Orden de 27 de octubre de 2020, de la Consejera de Salud, publicada en el BOPV de 31 de diciembre de 2020, se convocaban ayudas a organizaciones profesionales, asociaciones sin ánimo de lucro que desarrollen su labor en el ámbito de la salud, y entidades científicas de especialidades sanitarias sin ánimo de lucro, para su funcionamiento y organización de actividades de formación continua del personal, por un importe de 79.409 euros.
El artículo 11 de dicha Orden establece que el procedimiento concurso será resuelto mediante resolución del Viceconsejero de Salud, a propuesta de la Comisión de Valoración, cuya composición se determina en el artículo 9.2 de esa misma Orden.
Por Resolución de 19 de abril de 2021, del Viceconsejero de Salud, se resuelven las ayudas a organizaciones profesionales, asociaciones sin ánimo de lucro que desarrollen su labor en el ámbito de la salud y entidades científicas de especialidades sanitarias sin ánimo de lucro, para su funcionamiento y organización de actividades de formación continua del personal 2020.
En el Resuelvo segundo de la Resolución de 19 de abril de 2021, del Viceconsejero de Salud, se deniegan las solicitudes presentadas por las entidades relacionadas en su Anexo II, por los motivos allí expresados y que se relacionan a continuación:
(Véase el .PDF)
Con fecha 12 de mayo de 2021, la Asociación Española de Micología presentó un recurso de alzada frente a la citada Resolución dentro del plazo habilitado.
Con fecha 8 de junio de 2021, la Federación Española de Enfermedades Raras presentó un recurso de alzada frente a la citada Resolución dentro del plazo habilitado.
Por dos órdenes de 13 de julio de 2021, de la Consejera de Salud, por la que se resuelven los recursos de alzada interpuestos, ambos recursos son estimados.
El resuelvo segundo de las órdenes de 13 de julio de 2021, de la Consejera de Salud, por la que se resuelven los recursos de alzada interpuestos establece que al cumplir con el requisito establecido en el artículo 1.a) de la Orden de 27 de octubre de 2020, de la Consejera de Salud, por la que se convocan y regulan ayudas a organizaciones profesionales, asociaciones sin ánimo de lucro que desarrollen su labor en el ámbito de la salud y entidades científicas de especialidades sanitarias sin ánimo de lucro, para su funcionamiento y organización de actividades de formación continua del personal, durante el año 2020, deberá valorarse de nuevo su solicitud, para comprobar si cumple con el resto de requisitos exigidos, y, por lo tanto, determinar si le correspondería percibir algún tipo de ayuda.
Evaluadas las solicitudes presentadas, y elevada la correspondiente propuesta por la Comisión de Valoración, de conformidad con la misma
RESUELVO:
Primero.– Conceder las ayudas a las entidades que se mencionan por cada modalidad y en las cuantías que se determinan en el anexo de la presente Resolución.
Segundo.– Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, podrán las personas interesadas interponer recurso de alzada ante la Consejera de Salud en el plazo de un mes a partir de su publicación en el BOPV, de acuerdo con lo establecido en los artículos 112 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, sin perjuicio de que puedan ejercitar cualquier otra acción legal que estimen pertinente.
En Vitoria-Gasteiz, a 17 de septiembre de 2021.
El Viceconsejero de Salud,
JOSÉ LUIS QUINTAS DIEZ.