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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 159, miércoles 11 de agosto de 2021


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OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE DESARROLLO ECONÓMICO, SOSTENIBILIDAD Y MEDIO AMBIENTE
DEPARTAMENTO DE ECONOMÍA Y HACIENDA
4387

DECRETO 189/2021, de 27 de julio, por el que se autoriza a SPRI-Agencia Vasca de Desarrollo Empresarial, la toma de participación en la ampliación de capital de la sociedad Parque Tecnológico de Álava – Arabako Teknologi Elkartegia, S.A. y se autoriza a las personas representantes de las acciones titularidad directa o indirecta de la Administración General e Institucional de la Comunidad Autónoma de Euskadi a prestar su conformidad a la modificación del artículo 2 de los estatutos sociales de dicha sociedad.

El Consejo de Administración de SPRI-Agencia Vasca de Desarrollo Empresarial acordó en su reunión del día 31 de marzo de 2021 dirigirse al Gobierno Vasco para que, en virtud del apartado 5, punto c) de la Disposición Adicional 13 de la Ley 5/2017, de 22 de diciembre, de aprobación de los presupuestos de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el ejercicio 2018, por la que se crea el ente público de derecho privado SPRI – Agencia Vasca de Desarrollo Empresarial, conceda autorización a SPRI-Agencia Vasca de Desarrollo Empresarial, para participar en la ampliación de capital de la sociedad Parque Tecnológico de Álava – Arabako Teknologi Elkartegia, S.A. por un importe total de 2.159.949 euros, equivalente al 72,91 % de la misma. Tras esta operación, la participación de SPRI-Agencia Vasca de Desarrollo Empresarial en esta empresa será del 66,50 %.

El artículo 110.1 del Decreto Legislativo 2/2007, de 6 de noviembre, de aprobación del Texto Refundido de la Ley del Patrimonio de Euskadi, establece que la adquisición de bienes y derechos integrantes del patrimonio empresarial requiere autorización previa del Consejo de Gobierno, por decreto, a propuesta conjunta del consejero o consejera competente en materia de patrimonio y del consejero o consejera del departamento al que, directamente o a través de un ente instrumental, se encuentre o vaya a encontrarse vinculada la sociedad. El decreto será publicado en el Boletín Oficial del País Vasco, sin perjuicio de su eficacia desde la fecha en que se dicte.

El decreto que autorice la adquisición de valores representativos de capital, salvo que se trate de adquisición a título gratuito, indicará necesariamente el objeto social y el porcentaje de participación, directa o indirecta, que tendrá la Comunidad Autónoma en la sociedad.

El objeto social de la sociedad Parque Tecnológico de Álava – Arabako Teknologi Elkartegia, S.A. consiste en estimular y promover la iniciativa y la inversión industrial, mediante la construcción de un complejo de pabellones industriales, gestionando su explotación mediante fórmulas de arriendo, transferencia de propiedad, u otras cualesquiera, incluso, la cesión en precario, realizando la promoción, comercialización de locales y servicios, la selección e invitación a empresas candidatas a implantarse en él, a empresas que realizarán actividades en materias de tecnología avanzada, estimulando, en particular, el campo de la electrónica e informática (hardware y software) aplicada a productos, procesos y servicios, prosiguiendo con la gestión permanente y explotación de los servicios obligados en este tipo de instalaciones: Proceso de textos, Télex, dibujo de ordenador, conexión con bases de datos, alquiler de ordenador, de maquinaria de oficinas, salas de reuniones y atención telefónica personalizada.

El motivo de la ampliación de capital es obtener financiación de los socios para poder atender las necesidades de inversión de la sociedad.

En su virtud, a propuesta conjunta de la Consejera de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente y del Consejero de Economía y Hacienda, previa deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno, en su reunión de 27 de julio de 2021,

DISPONGO:

Artículo 1.– Autorizar a SPRI-Agencia Vasca de Desarrollo Empresarial la toma de participación en la ampliación del capital social de la sociedad Parque Tecnológico de Álava – Arabako Teknologi Elkartegia, S.A. por importe de dos millones ciento cincuenta y nueve mil novecientos cuarenta y nueve (2.159.949) euros, equivalente al 72,9 % de la misma. Tras esta operación, la participación de SPRI – Agencia Vasca de Desarrollo Empresarial en esta sociedad será del 66,50 %.

Artículo 2.– Autorizar a las personas representantes de las acciones titularidad de SPRI-Agencia Vasca de Desarrollo Empresarial para prestar su conformidad a la modificación del artículo 2 de los estatutos sociales de la sociedad Parque Tecnológico de Álava – Arabako Teknologi Elkartegia, S.A. como consecuencia de la ampliación de capital, que queda redactado del siguiente modo:

«El Capital Social se fija en cincuenta y tres millones doscientos cuarenta y dos mil quinientos ocho (53.242.508) euros, y estará representado por 872.828 acciones nominativas, de sesenta y un (61,00) euros de valor nominal cada una numeradas del 1 al 872.828, ambos inclusive, totalmente suscrito y desembolsado».

DISPOSICIÓN FINAL

El presente Decreto surtirá efectos el día de su aprobación.

Dado en Vitoria-Gasteiz, a 27 de julio de 2021.

El Lehendakari,

IÑIGO URKULLU RENTERIA.

La Consejera de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente,

MARÍA ARANZAZU TAPIA OTAEGUI.

El Consejero de Economía y Hacienda,

PEDRO MARÍA AZPIAZU URIARTE.


Análisis documental