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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 159, miércoles 11 de agosto de 2021


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

DISPOSICIONES GENERALES

DEPARTAMENTO DE CULTURA Y POLÍTICA LINGÜÍSTICA
4378

ORDEN de 30 de julio de 2021, del Consejero de Cultura y Política Lingüística, de modificación de la Orden de 4 de agosto de 2020, por la que se fijan los precios públicos de los servicios que presta y las actividades que realiza el Organismo Autónomo Helduen Alfabetatze eta Berreuskalduntzerako Erakundea (HABE).

En virtud de las facultades que me confiere el artículo 33 del Texto Refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco, aprobado por Decreto Legislativo 1/2007, de 11 de septiembre, y de acuerdo con el Decreto 397/2013, de 30 de julio, por el que se determinan los servicios y actividades susceptibles de ser retribuidos mediante precios públicos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de sus Organismos Autónomos, habiéndose informado favorablemente el expediente correspondiente por el Departamento de Economía y Hacienda,

DISPONGO:

Artículo único.– Modificar la Orden de 4 de agosto de 2020, del Consejero de Cultura y Política Lingüística, por la que se fijan los precios públicos de los servicios que presta y las actividades que realiza el Organismo Autónomo Helduen Alfabetatze eta Berreuskalduntzerako Erakundea (HABE), en los siguientes términos:

– Apartado c).3 del artículo 2 relativo a servicios de enseñanza del euskera, que queda redactado así:

«3.– Pruebas de evaluación diagnóstica: 30 euros/hora o alumno».

– Apartado 1.a) del artículo 3 relativo a los derechos de examen para la acreditación de un nivel del Currículo Básico de Enseñanza de Euskera a Personas Adultas (HEOC), que queda redactado así:

«a) En las convocatorias de pruebas dirigidas al alumnado de los euskaltegis y centros homologados de autoaprendizaje del euskera: 40 euros por nivel/convocatoria/alumno».

– Apartado 1.b) del artículo 3 relativo a los derechos de examen para la acreditación de un nivel del Currículo Básico de Enseñanza de Euskera a Personas Adultas (HEOC), que queda redactado así:

«b) Convocatorias abiertas:

b.1) En las pruebas de acreditación de convocatorias abiertas y en otras convocatorias extraordinarias no previstas en el apartado a): 80 euros por nivel/convocatoria/examinando.

b.2) En las pruebas de acreditación de alguna destreza en los niveles de competencia comunicativa del HEOC, siendo siempre, al menos, una productiva: 40 euros por nivel/convocatoria/examinando».

DISPOSICIÓN FINAL

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

En Vitoria-Gasteiz, a 30 de julio de 2021.

El Consejero de Cultura y Política Lingüística,

BINGEN ZUPIRIA GOROSTIDI.


Análisis documental