N.º 142, lunes 19 de julio de 2021
- Otros formatos:
- PDF (756 KB - 58 Pág.)
- EPUB (2925 KB)
- Texto bilingüe
El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico
ANUNCIOS
Otros anuncios oficiales
DEPARTAMENTO DE ECONOMÍA Y HACIENDA
4066
NOTIFICACIONES de providencias de apremio pendientes.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 73 del Decreto 1/2021, de 12 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Recaudación de la Hacienda General del País Vasco, en relación con el artículo 109 y siguientes de la Ley 58/2003 de 17 de diciembre, General Tributaria, y habiéndose intentado la notificación el interesado por dos veces, sin que haya sido posible practicarla por causas no imputables a esta Administración, se pone de manifiesto mediante el presente anuncio que se encuentran pendientes de notificar los actos cuyo interesado y procedimiento se detallan a continuación.
En consecuencia, se cita a esos interesados o a sus representantes legales, debidamente acreditados, para ser notificados por comparecencia en el plazo de 15 días naturales, contados desde el siguiente al de publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial del Estado, comparecencia que deberá efectuarse ante las Oficinas de Recaudación Ejecutiva del Gobierno Vasco sitas en las direcciones detalladas a continuación, de lunes a viernes en horario de 08:00 a 15:00 horas.
Cuando transcurrido dicho plazo no se hubiera comparecido, la notificación de la Providencia de Apremio correspondiente al valor que se detalla en el anexo, se entenderá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al del vencimiento del plazo señalado para comparecer.
Asimismo, se informa que la representación que se otorgue, en su caso, deberá ser realizada de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 45 y 46 de la Ley 58/2003 de 17 de diciembre General Tributaria.
(Véase el .PDF)
En Vitoria-Gasteiz, a 22 de junio de 2021.
La Directora de Política Financiera,
ARANTZA LARRAURI ARANGUREN.