N.º 135, viernes 9 de julio de 2021
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OTRAS DISPOSICIONES
DEPARTAMENTO DE CULTURA Y POLÍTICA LINGÜÍSTICA
3912
DECRETO 175/2021, de 6 de julio, por el que se cesan y nombran miembros del Patronato del Instituto Vasco Etxepare Euskal Institutua / Basque Institute.
Mediante la Ley 3/2007, de 20 de abril, se creó y reguló el Instituto Vasco Etxepare Euskal Institutua / Basque Institute, para la promoción, difusión y proyección, fuera de la Comunidad Autónoma Vasca, del euskera y de la cultura vasca en cualquiera de sus lenguas oficiales, manifestaciones, soportes, medios y formas de expresión.
La Ley 3/2007, de 20 de abril, de Creación y Regulación del Instituto Vasco Etxepare Euskal Institutua / Basque Institute y el Decreto 88/2008, de 13 de mayo, por el que se aprueba el reglamento de organización y funcionamiento del Instituto Vasco Etxepare Euskal Institutua / Basque Institute, disponen, asimismo que estará integrado por dos órganos colegiados, el Patronato y el Consejo de Dirección, y un órgano unipersonal, la Directora o Director.
El Decreto 88/2008, de 13 de mayo, establece en su artículo 10 los vocales que componen el Patronato, haciendo una distinción entre vocales natos y no natos. El artículo 10.2 a) del mismo establece en la composición del Patronato como vocales no natos 15 miembros en representación de las letras, la filología y la cultura vascas, que serán nombrados por el Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma de Euskadi, a propuesta de la presidenta ejecutiva o del presidente ejecutivo.
Asimismo, el artículo 10.5 del Decreto 88/2008, de 13 de mayo, establece que en los casos de vacante producida por la baja de una o un vocal no nato antes de concluir el periodo para el que fue nombrado, se comunicará a quien lo hubiera propuesto para que en el plazo máximo de un mes eleve nueva propuesta al Consejo de Gobierno que procederá a su nombramiento por el período que le quedase por cumplir.
El transcurso de dichos plazos en el caso de algunos vocales y las vacantes producidas en el caso de otros, en representación de las letras, la filología y la cultura vascas, exige la actualización de una parte de los vocales no natos del Patronato del Instituto Vasco Etxepare Euskal Institutua / Basque Institute.
En su virtud, y de conformidad con lo prescrito en la Ley 7/1981, de 30 de junio, de Gobierno, así como en los artículos 6, 7 y 8 de la Ley 3/2007, de 20 de abril, de creación y regulación del Instituto Vasco Etxepare Euskal Institutua / Basque Institute, que regula la composición del Patronato y Consejo de Dirección de dicha institución, a propuesta del Consejero de Cultura y Política Lingüística, y previa deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno en su sesión celebrada el día 6 de julio de 2021,
DISPONGO:
Artículo 1.– Cesar como vocales no natos del Patronato del Instituto Vasco Etxepare Euskal Institutua / Basque Institute en representación de las Letras, la Filología y la Cultura Vascas a:
– D. Ignacio M. Dorronsoro Plazaola.
– D. Iñaki Salvador Gil.
– D. José Antonio Fernández Gutiérrez.
– D. Francisco Valderrama Arrieta.
– D. Ion Zarate Sesma.
– Dña. Begoña Pedrosa Lobato.
Artículo 2.– Nombrar como vocales natos del Patronato del Instituto Vasco Etxepare Euskal Institutua/Basque Institute, en representación de las Letras, la Filología y la Cultura Vascas a:
– Dña. Ana Urkiza Ibaibarriaga.
– Dña. María Pilar López López.
– Dña. Vanesa Fernández Guerra.
– Dña. Ana López Asensio.
– Dña. Junkal Gutiérrez Mangado.
– Dña. Nagore Ipiña Larrañaga.
Artículo 3.– Renovar como vocal no nato del Patronato del Instituto Vasco Etxepare Euskal Institutua / Basque Institute, en representación de las Letras, la Filología y la Cultura Vascas a:
– Dña. Josune Ariztondo Akarregi.
– D. Jaime Otamendi Muñagorri.
– Dña. Ana Toledo Leceta.
DISPOSICIÓN FINAL
El presente Decreto surtirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.
Dado en Vitoria-Gasteiz, a 6 de julio de 2021.
El Lehendakari,
IÑIGO URKULLU RENTERIA.
El Consejero de Cultura y Política Lingüística,
BINGEN ZUPIRIA GOROSTIDI.