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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 131, lunes 5 de julio de 2021


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OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE DESARROLLO ECONÓMICO, SOSTENIBILIDAD Y MEDIO AMBIENTE
3816

RESOLUCIÓN de 28 de mayo de 2021, del Delegado Territorial de Administración Industrial de Álava, por la que se concede autorización administrativa previa y de construcción para la instalación correspondiente al proyecto Modificación de LAMT a 13,2 kV STR Villarreal-Landa CTO.1, derivación al CTI Caserío Gallastegui (Goiain), en el término municipal de Legutio (Álava) y se declara la utilidad pública de la misma.

N.º expediente: 01ATY 202000057.

ANTECEDENTES DE HECHO

1.– Con fecha 9 de noviembre de 2020 I-DE Redes Eléctricas Inteligentes, S.A.U. solicitó la autorización administrativa previa y de construcción y declaración en concreto de la utilidad pública Modificación de LAMT a 13,2 kV STR Villarreal-Landa CTO.1, derivación al CTI Caserío Gallastegui (Goiain), en el término municipal de Legutio (Álava).

2.– En cumplimiento de lo previsto en el Decreto 48/2020, de 31 de marzo por el que se regulan los procedimientos de autorización administrativa para la construcción, modificación, explotación, transmisión y cierre de las instalaciones de producción, transporte y distribución de energía eléctrica, así como de las acometidas, líneas directas, e instalaciones de conexión de consumidores y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 55 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, en los artículos 17.2 y 52 de la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954, y 56 de su Reglamento de 26 de abril de 1957, dicho proyecto ha sido sometido a información pública, junto con la relación concreta e individualizada de los bienes y derechos que el peticionario considera de necesaria expropiación.

3.– A tales efectos, dentro del trámite de información pública se publicó el Anuncio en el tablón del Ayuntamiento de Legutio, en el BOTHA, de fecha 5 de marzo de 2021, en el BOPV, de fecha 23 de febrero de 2021 y en el periódico «Diario Noticias de Álava» y «El Correo», de fecha 15 de febrero de 2021.

4.– Con carácter simultáneo al trámite de información pública este Departamento ha enviado la separata correspondiente al Ayuntamiento de Legutio, quien no ha presentado alegaciones en plazo.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS

En el expediente se han cumplido los trámites reglamentarios ordenados en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico; Ley de 16 de diciembre de 1954 sobre expropiación forzosa; Decreto de 26 de abril de 1957 por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Expropiación Forzosa, Decreto 48/2020, de 31 de marzo del Gobierno Vasco, por el que se regulan los procedimientos de autorización administrativa de las instalaciones de producción, transporte y distribución de energía eléctrica; Resolución de 8 de marzo de 2011 del Director de Energía y Minas por la que se establecen prescripciones específicas para el paso de líneas de alta tensión por zonas de arbolado.

La Delegación Territorial de Administración Industrial de Álava es el órgano competente para la tramitación y resolución del presente expediente, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 23 del Decreto 68/2021, de 23 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación, el Delegado Territorial de Administración Industrial de Álava

RESUELVE:

1.– Conceder a I-DE Redes Eléctricas Inteligentes, S.A.U. autorización administrativa previa y de construcción para el proyecto de Modificación de LAMT a 13,2 kV STR Villarreal-Landa CTO.1, derivación al CTI Caserío Gallastegui (Goiain), en el término municipal de Legutio (Álava).

2.– Declarar, en concreto, la utilidad pública de la instalación eléctrica que se autoriza, llevando implícita esta declaración, a tenor de lo dispuesto en el artículo 56 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, la necesidad de ocupación de los bienes o adquisición de los derechos afectados, e implicando la urgente ocupación a los efectos del artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954, con los efectos registrales del artículo 53 de la misma.

Esta resolución se concede de acuerdo con lo dispuesto en el citado Decreto 48/2020 y con las condiciones generales siguientes:

1) Las obras deberán realizarse de acuerdo con el proyecto aprobado, con las variaciones que en su caso se soliciten y autoricen.

2) El plazo de puesta en marcha será de tres años contado a partir de la presente Resolución.

3) El titular de las instalaciones dará cuenta de la terminación de las obras a la Delegación Territorial de Álava, a efectos de reconocimiento definitivo y extensión del acta de puesta en marcha.

4) La presente Resolución se otorga sin perjuicio e independientemente de las autorizaciones, licencias o permisos de competencia municipal, provincial y otros necesarios para la realización de las obras, no relevándose al peticionario de la obligación de obtener las mismas. Asimismo, se concede sin perjuicio de posibles derechos de terceros y dejando a salvo el derecho de propiedad.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante el Director de Proyectos Estratégicos y Administración Industrial, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de notificación de esta resolución, todo ello en virtud de lo establecido en el artículo 121 y siguientes de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo común de las Administraciones Públicas.

En Vitoria-Gasteiz, a 28 de mayo de 2021.

El Delegado Territorial de Administración Industrial de Álava,

JESÚS PASCUAL LORENTE.


Análisis documental