N.º 115, lunes 14 de junio de 2021
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OTRAS DISPOSICIONES
DEPARTAMENTO DE CULTURA Y POLÍTICA LINGÜÍSTICA
3383
ORDEN de 25 de mayo de 2021, del Consejero Cultura y Política Lingüística, por la que se declaran deportistas, técnicos y técnicas de alto nivel.
El Decreto 203/2010, de 20 de julio, del Deporte Alto Nivel, establece, en su artículo 4.2 que la Consejera o consejero competente en materia de Deporte, del Gobierno Vasco, a propuesta de la Comisión de Evaluación del deporte de Alto Nivel, declarará la condición de deportistas de alto nivel de quienes por su rendimiento y clasificación se sitúen entre las y los mejores del Mundo o de Europa, en sus respectivas modalidades y disciplinas deportivas, de acuerdo con los criterios selectivos que se establecen en el presente Decreto y su anexo, siempre que cumplan los requisitos que se señalan a continuación.
Asimismo, a tenor de los artículos 6.2 y 7.2 la Consejera o el Consejero del Gobierno Vasco, competente en materia de Deporte, a propuesta de la Comisión de Evaluación del Deporte del Alto Nivel, declarará la condición de técnica o técnico de alto nivel a quien ejerza las funciones de máximo responsable técnico de, al menos, una persona que haya sido declarada deportista de alto nivel conforme a lo establecido en el presente Decreto y la condición de jueces o juezas de alto nivel a quienes participen como tales en competiciones deportivas internacionales y conste su reconocimiento en las relaciones elaboradas por los órganos correspondientes de las Federaciones Internacionales de las distintas modalidades deportivas.
La declaración de deportistas, técnicos y técnicas, jueces y juezas de alto nivel tendrá los efectos que el citado Decreto establece a lo largo de su articulado, con una vigencia temporal, de carácter general de cuatro años, en los términos establecidos en el mismo.
A la vista de las solicitudes presentadas, la Comisión de Evaluación, reunida el día 25 de mayo de 2021, tras el examen y valoración de todas y cada una de las mismas, ha realizado la propuesta pertinente.
En su virtud,
RESUELVO:
Primero.– A la vista de la propuesta realizada por la Comisión de Evaluación del Deporte de Alto Nivel, declarar la condición de deportista, técnico y técnica de alto nivel a las personas que se relacionan en el anexo con los efectos establecidos en el Decreto 203/2010, de 20 de julio, del Deporte de Alto Nivel.
Segundo.– La declaración producirá efectos desde la fecha de notificación de la presente Orden.
Tercero.– Contra la presente Orden, que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el Consejero de Cultura y Política Lingüística en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco, o recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación.
Cuarto.– Publíquese en el Boletín Oficial del País Vasco, para su general conocimiento.
En Vitoria-Gasteiz, a 25 de mayo de 2021.
El Consejero de Cultura y Política Lingüística,
BINGEN ZUPIRIA GOROSTIDI.