N.º 107, miércoles 2 de junio de 2021
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OTRAS DISPOSICIONES
DEPARTAMENTO DE GOBERNANZA PÚBLICA Y AUTOGOBIERNO
3151
ORDEN de 30 de abril de 2021, de la Consejera de Gobernanza Pública y Autogobierno, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones del País Vasco la modificación de los estatutos de la fundación denominada Fundación Tutelar Ondoan.
En fecha 2 de noviembre de 2020 ha tenido entrada telemática en el Registro del Departamento de Gobernanza Pública y Autogobierno, la Escritura Pública de modificación de estatutos otorgada el 2 de enero de 2020 por la fundación denominada Fundación Tutelar Ondoan, ante el Notario de Bilbao, don Ignacio Alonso Salazar (número 14 de su protocolo).
En la referenciada escritura pública se certifica por doña María Nieves Solupe Fernández, Secretaria del Patronato de la Fundación con el visto bueno del Presidente que en la reunión celebrada el día 17 de diciembre de 2019, se acordó por unanimidad de los presentes el acuerdo de trasladar el domicilio de la Fundación.
Mediante la modificación de estatutos realizada se modifica el artículo 7 de los Estatutos, quedando el domicilio ubicado en la calle Santutxu, número 4, bajo de Bilbao.
Corresponde a la Consejera de Gobernanza Pública y Autogobierno dictar, mediante Orden, la resolución del presente expediente de modificación estatutaria, en virtud de lo previsto en el artículo 3.1.a) del Decreto 115/2019, de 23 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del Protectorado y del Registro de Fundaciones del País Vasco, artículo 7.1.n) del Decreto 18/2020, de 6 de septiembre, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos y artículo 3.1 del Decreto 8/2021 de 19 de enero, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Gobernanza Pública y Autogobierno.
Al presente expediente se han aportado cuantos datos y documentos se consideran esenciales, cumpliéndose especialmente los requisitos previstos en los artículos 37 y 51.2 de la Ley 9/2016, de 2 de junio, de Fundaciones del País Vasco y el artículo 42 del Decreto 115/2019, de 23 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del Protectorado y del Registro de Fundaciones del País Vasco, ajustándose la modificación estatutaria practicada a las previsiones legales y reglamentarias que devienen de aplicación.
RESUELVO:
Primero.– Inscribir en el Registro de Fundaciones del País Vasco la modificación del artículo 7 de los Estatutos la fundación denominada Fundación Tutelar Ondoan, acordada por el Patronato de la Fundación el 17 de diciembre de 2019, con la fecha de la presente Orden, en los términos previstos en la Escritura Pública otorgada el 2 de enero de 2020, ante el Notario de Bilbao, don Ignacio Alonso Salazar, número 14 de su protocolo.
De esta inscripción, el domicilio de la Fundación pasa a situarse en Bilbao, en la calle Santutxu, número 40, bajo.
Segundo.– Acordar la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial del País Vasco y remitir la misma a las personas interesadas.
Contra la presente Orden, que agota la vía administrativa, cabrá interponer recurso potestativo de reposición ante esta Consejera de Gobernanza Pública y Autogobierno, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación, o recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su notificación.
En Vitoria-Gasteiz, a 30 de abril de 2021.
La Consejera de Gobernanza Pública y Autogobierno,
OLATZ GARAMENDI LANDA.