N.º 105, lunes 31 de mayo de 2021
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AUTORIDADES Y PERSONAL
Oposiciones y concursos
OSAKIDETZA-SERVICIO VASCO DE SALUD
3099
RESOLUCIÓN 291/2021, de 25 de mayo, del Director Gerente de la Organización Sanitaria Integrada Uribe, por la que se corrigen errores en la Resolución 146/2021, de 6 de mayo, por la que se hace pública la convocatoria para la provisión, mediante libre designación, de un puesto de Jefe/a de Unidad de Atención Primaria de Alango en la Organización Sanitaria Integrada Uribe de Osakidetza-Servicio vasco de salud.
El artículo 18.2 c) del Decreto 217/2008, de 23 de diciembre, por el que se regula el Boletín Oficial del País Vasco, establece que los errores u omisiones en el texto remitido para su publicación que no se deduzcan claramente del contexto y cuya rectificación pueda suponer una real o aparente modificación del contenido o sentido del documento, se subsanarán mediante disposición del mismo rango.
Advertido error de dicha índole en la Base 1.– Requisitos de participación, apartados c) y d), de la Resolución 146/2021, de 6 de mayo, del Director Gerente de la OSI Uribe,
RESUELVO:
Primero.– Proceder a la corrección del número de la resolución, en el sentido siguiente:
Donde dice:
RESOLUCIÓN 146/2021, de 6 de mayo, del Director Gerente de la Organización Sanitaria Integrada Uribe, por la que se convoca la provisión, mediante libre designación, de un puesto de Jefe/a de Unidad de atención primaria de Alango en la Organización Sanitaria Integrada Uribe de Osakidetza-Servicio vasco de salud.
Debe decir:
RESOLUCIÓN 246/2021, de 6 de mayo, del Director Gerente de la Organización Sanitaria Integrada Uribe, por la que se convoca la provisión, mediante libre designación, de un puesto de Jefe/a de Unidad de atención primaria de Alango en la Organización Sanitaria Integrada Uribe de Osakidetza-Servicio vasco de salud.
Segundo.– Proceder a la corrección de la Base 1.– Requisitos de participación, apartados c) y d), en este sentido:
Donde dice:
c) Perfil lingüístico – Perfil lingüístico 2.
d) Experiencia profesional mínima de 4 años de experiencia en el desempeño de tareas propias de los Grupos A1/B1.
Debe decir:
c) Experiencia profesional mínima de 4 años en el desempeño de tareas propias de los Grupos A1/B1.
Tercero.– Publicar la presente Resolución en la página web de Osakidetza y en el BOPV.
Cuarto.– Contra la presente Resolución podrá interponerse recurso de alzada ante la Directora General de Osakidetza-Servicio vasco de salud, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el BOPV.
En Urduliz, a 25 de mayo de 2021.
El Director Gerente de la OSI Uribe.
PD (Resolución 170/2021, de 30 de marzo).
La Directora de Personas de la OSI Uribe,
IANIRE LAMIKIZ MOREIRA.