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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 96, martes 18 de mayo de 2021


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE TRABAJO Y EMPLEO
2827

RESOLUCIÓN de 23 de abril de 2021, del Director de Trabajo y Seguridad Social, por la que se ordena la publicación de los Acuerdos suscritos por las organizaciones sindicales ELA, LAB, CCOO y UGT sobre designación de árbitros en materia electoral.

Con fecha 8 de junio de 2017, los representantes de las centrales sindicales ELA, LAB y CCOO, en su condición de sindicatos más representativos en el ámbito de la CAPV y de los tres Territorios Históricos que la integran, y de la organización sindical UGT, que ostenta más del 10 por ciento de representantes en los citados ámbitos, suscribieron el Acuerdo para designar a las personas que van a realizar la función de arbitraje por los que habrán de resolverse las impugnaciones que se planteen en las elecciones a órganos de representación de las y los trabajadores en las empresas y del personal al servicio de las Administraciones Públicas.

El 21 de febrero de 2019 y el 6 de marzo de 2020, dos de las personas designadas para el Territorio Histórico de Bizkaia, presentaron escritos de renuncia al nombramiento efectuado.

Con fecha 4 de diciembre de 2020 y 4 de marzo de 2021, los representantes de las centrales sindicales ELA, LAB y CCOO, en su condición de sindicatos más representativos en el ámbito de la CAPV y de los tres Territorios Históricos que la integran, y de la organización sindical UGT, que ostenta más del 10 por ciento de representantes en los citados ámbitos, han suscrito sendos Acuerdos para designar a las personas que van a sustituir a las personas que han presentado la renuncia, para realizar la función de arbitraje por los que habrán de resolverse las impugnaciones que se planteen en las elecciones a órganos de representación de las y los trabajadores en las empresas y del personal al servicio de las Administraciones Públicas.

Para la designación de las personas que van a actuar como árbitros/as de elecciones sindicales se ha seguido el procedimiento previsto en el artículo 76.3 del Estatuto de los Trabajadores y en el artículo 28.3 de la Ley 9/1987, de 12 de junio, de órganos de representación, determinación de las condiciones de trabajo y participación del personal al servicio de las Administraciones Públicas (en vigor por aplicación de la disposición transitoria quinta de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público), así como en el artículo 31 del Reglamento de elecciones a órganos de representación de los trabajadores en la empresa, aprobado por RD 1844/1994, de 9 de septiembre.

El Decreto 7/2021, de 19 de enero, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Trabajo y Empleo, asigna a la Dirección de Trabajo y Seguridad Social, en calidad de autoridad laboral, las funciones de dirigir la Oficina Pública de Elecciones Sindicales, de conformidad con lo establecido en el Decreto 237/2000 de 28 de noviembre.

Por ello,

RESUELVO:

Publicar en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma del País Vasco las designaciones de las personas que van a actuar como árbitros/as para resolver las impugnaciones en materia electoral acordadas por los representantes de los sindicatos ELA, LAB, CCOO y UGT, según figura en el anexo de la presente Resolución.

En Vitoria-Gasteiz, a 23 de abril de 2021.

El Director de Trabajo y Seguridad Social,

ANGEL LAPUENTE MONTORO.

ANEXO

Personas designadas como árbitra/o de elecciones sindicales en el ámbito del Territorio Histórico de Bizkaia.

– D.ª Monserrat Pérez Riera.

– D. Joxean Lozano Murga.


Análisis documental