N.º 96, martes 18 de mayo de 2021
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OTRAS DISPOSICIONES
DEPARTAMENTO DE TRABAJO Y EMPLEO
2827
RESOLUCIÓN de 23 de abril de 2021, del Director de Trabajo y Seguridad Social, por la que se ordena la publicación de los Acuerdos suscritos por las organizaciones sindicales ELA, LAB, CCOO y UGT sobre designación de árbitros en materia electoral.
Con fecha 8 de junio de 2017, los representantes de las centrales sindicales ELA, LAB y CCOO, en su condición de sindicatos más representativos en el ámbito de la CAPV y de los tres Territorios Históricos que la integran, y de la organización sindical UGT, que ostenta más del 10 por ciento de representantes en los citados ámbitos, suscribieron el Acuerdo para designar a las personas que van a realizar la función de arbitraje por los que habrán de resolverse las impugnaciones que se planteen en las elecciones a órganos de representación de las y los trabajadores en las empresas y del personal al servicio de las Administraciones Públicas.
El 21 de febrero de 2019 y el 6 de marzo de 2020, dos de las personas designadas para el Territorio Histórico de Bizkaia, presentaron escritos de renuncia al nombramiento efectuado.
Con fecha 4 de diciembre de 2020 y 4 de marzo de 2021, los representantes de las centrales sindicales ELA, LAB y CCOO, en su condición de sindicatos más representativos en el ámbito de la CAPV y de los tres Territorios Históricos que la integran, y de la organización sindical UGT, que ostenta más del 10 por ciento de representantes en los citados ámbitos, han suscrito sendos Acuerdos para designar a las personas que van a sustituir a las personas que han presentado la renuncia, para realizar la función de arbitraje por los que habrán de resolverse las impugnaciones que se planteen en las elecciones a órganos de representación de las y los trabajadores en las empresas y del personal al servicio de las Administraciones Públicas.
Para la designación de las personas que van a actuar como árbitros/as de elecciones sindicales se ha seguido el procedimiento previsto en el artículo 76.3 del Estatuto de los Trabajadores y en el artículo 28.3 de la Ley 9/1987, de 12 de junio, de órganos de representación, determinación de las condiciones de trabajo y participación del personal al servicio de las Administraciones Públicas (en vigor por aplicación de la disposición transitoria quinta de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público), así como en el artículo 31 del Reglamento de elecciones a órganos de representación de los trabajadores en la empresa, aprobado por RD 1844/1994, de 9 de septiembre.
El Decreto 7/2021, de 19 de enero, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Trabajo y Empleo, asigna a la Dirección de Trabajo y Seguridad Social, en calidad de autoridad laboral, las funciones de dirigir la Oficina Pública de Elecciones Sindicales, de conformidad con lo establecido en el Decreto 237/2000 de 28 de noviembre.
Por ello,
RESUELVO:
Publicar en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma del País Vasco las designaciones de las personas que van a actuar como árbitros/as para resolver las impugnaciones en materia electoral acordadas por los representantes de los sindicatos ELA, LAB, CCOO y UGT, según figura en el anexo de la presente Resolución.
En Vitoria-Gasteiz, a 23 de abril de 2021.
El Director de Trabajo y Seguridad Social,
ANGEL LAPUENTE MONTORO.
ANEXO
Personas designadas como árbitra/o de elecciones sindicales en el ámbito del Territorio Histórico de Bizkaia.
– D.ª Monserrat Pérez Riera.
– D. Joxean Lozano Murga.