N.º 91, martes 11 de mayo de 2021
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DIPUTACIÓN FORAL DE BIZKAIA
2676
ANUNCIO relativo al Acuerdo de la Diputación Foral de Bizkaia, por el que se aprueba inicialmente el Plan Territorial Sectorial de Vías Ciclistas de Bizkaia y se somete el mismo al procedimiento de información pública y audiencia.
La Diputación Foral de Bizkaia, en reunión celebrada el día 27 de abril de 2021, adoptó entre otros, y a propuesta del diputado de Infraestructuras y Desarrollo Territorial conforme a lo dispuesto en el artículo 16 de la Norma Foral 10/2014, de vías ciclistas forales de Bizkaia, y previa deliberación, el siguiente Acuerdo (Asunto n.º 27 del Orden del Día):
Primero.– Aprobar inicialmente el Plan Territorial Sectorial de Vías Ciclistas de Bizkaia–PTSVCB.
Segundo.– Ordenar el inicio del trámite de información pública y audiencia a las Corporaciones Locales afectadas y a las entidades y colectivos ciclistas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 16 de la Norma Foral 10/2014, de 27 de junio, de vías ciclistas forales de Bizkaia.
Tercero.– Someter el Plan inicialmente aprobado a un periodo de información pública por un plazo de 45 días hábiles a contar desde el primer día hábil siguiente al de publicación en el Boletín Oficial de Bizkaia. Asimismo, deberá publicarse el «Anuncio relativo a la Aprobación Inicial del PTSVCB, y de sometimiento al trámite de información pública del Estudio Ambiental Estratégico» en el BOE, en el BOPV y en, al menos, dos periódicos de los de mayor circulación en el Territorio Histórico de Bizkaia.
Cuarto.– Abrir un periodo de audiencia a todas las Administraciones Públicas territoriales interesadas y colectivos ciclistas, simultáneamente al periodo de información pública, para que en el plazo de 45 días hábiles puedan formular las observaciones y sugerencias que consideren oportunas.
Quinto.– Someter el Estudio Ambiental Estratégico del documento al trámite de consulta de las Administraciones Públicas afectadas y de las personas interesadas que han sido previamente consultadas, así como al trámite de información pública durante un plazo de 45 días hábiles desde el día siguiente al de la publicación en el BOB.
Sexto.– A los efectos anteriores poner de manifiesto el expediente en las dependencias del Departamento de Infraestructuras y Desarrollo Territorial, sito en la calle Ibáñez de Bilbao n.º 20, donde podrá ser examinado, pudiendo presentarse las oportunas alegaciones y observaciones en el registro de dicha dependencia, sin perjuicio de la posibilidad de presentar las mismas en cualquiera de los lugares permitidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Asimismo, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 83.2 de la Ley 39/2015, podrá consultarse en la sección de «Planes y proyectos en fase de Información Pública» y en el apartado de «bicicletas» de la web de la Diputación Foral de Bizkaia e, igualmente, se podrán presentar las alegaciones telemáticamente a través de la oficina virtual señalada en la citada web.
Séptimo.– Insertar el correspondiente anuncio en el Boletín Oficial de Bizkaia.
Octavo.– Dar traslado de la presente Resolución al Órgano Ambiental (Dirección General de Medio Ambiente – Departamento Foral de Sostenibilidad y Medio Natural) y al Servicio de Ordenación Territorial de la Dirección General de Desarrollo Territorial de este Departamento de Infraestructuras y Desarrollo Territorial.
Noveno.– Con el objeto de facilitar el conocimiento y divulgación del procedimiento de Audiencia, se remitirá información del presente Acuerdo Foral a todas las administraciones y entidades interesadas con quienes se han establecido procedimientos de consultas e informativas con anterioridad a esta Aprobación Inicial.
El presente Acuerdo Foral no es susceptible de recurso al constituir un acto de trámite dentro del procedimiento de aprobación del Plan Territorial Sectorial de Vías Ciclistas de Bizkaia.
En Bilbao, a 27 de abril de 2021.
El Diputado Foral de Infraestructuras y Desarrollo Territorial,
IMANOL PRADALES GIL.