N.º 88, viernes 7 de mayo de 2021
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OTRAS DISPOSICIONES
DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN
2592
ORDEN de 29 de abril de 2021, del Consejero de Educación, de modificación de la Orden de 2 de diciembre de 2020, por la que se convocan ayudas a la financiación de los gastos de ejecución de obras y suministro e instalación de carpas en inmuebles de propiedad municipal en los que funcionan centros docentes dependientes de la Administración Educativa (Udalaguntza-2020), ampliando el crédito presupuestario.
Primero.– La Orden de 2 de diciembre de 2020, por la que se convocan ayudas a la financiación de los gastos de ejecución de obras y suministro e instalación de carpas en inmuebles de propiedad municipal en los que funcionan centros docentes dependientes de la Administración educativa (Udalaguntza-2020) (BOPV n.º 254, de 21 de diciembre de 2020)
Segundo.– El Artículo 2.– Crédito disponible, indica que «Se destinan al objeto de las ayudas a las que se refiere la presente Orden seis millones (6.000.000) de euros, con cargo a la partida presupuestaria para el año 2021 establecida al efecto en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi.»
Vencido el plazo para la presentación de solicitudes de ayuda, se han formulado 468 solicitudes, de las que 415 solicitudes cumplen los requisitos para acceder a la misma. No obstante, la dotación económica indicada por importe de 6.000.000,00 €, no alcanza para atender a todas las solicitudes.
Teniendo en cuenta el Plan de Infraestructuras Educativas 2019-2023, a fin de incentivar las actuaciones a desarrollar y existiendo saldo de crédito presupuestario disponible, se considera procedente ampliar el crédito presupuestario en 4.165.953,41 €, a fin de atender todas las solicitudes admisibles. Por todo ello, el crédito disponible asciende a 10.165.953,41 €. En su virtud,
RESUELVO:
Primero.– Modificar el artículo segundo de la Orden de 2 de diciembre de 2020, del Consejero de Educación, por la que se convocan ayudas a la financiación de los gastos de ejecución de obras y suministro e instalación de carpas en inmuebles de propiedad municipal en los que funcionan centros docentes dependientes de la Administración educativa (Udalaguntza-2020), que queda redactado de la siguiente manera:
Artículo 2.– Crédito disponible.
1.– Se destinan al objeto de las ayudas a las que se refiere la presente Orden 10.165.953,41 euros.
DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA
La presente Orden surtirá efectos desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.
DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA
Contra la presente Orden, que agota la vía administrativa, podrán los interesados y las interesadas interponer recurso potestativo de reposición ante el Consejero de Educación, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco, o recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en el plazo de dos meses del día siguiente al de su publicación.
En Vitoria-Gasteiz, a 29 de abril de 2021.
El Consejero de Educación,
JOKIN BILDARRATZ SORRON.