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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 72, miércoles 14 de abril de 2021


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OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE GOBERNANZA PÚBLICA Y AUTOGOBIERNO
2132

ORDEN de 23 de marzo de 2021, de la Consejera de Gobernanza Pública y Autogobierno, por la que se inscriben en el Registro de Fundaciones del País Vasco los acuerdos de extinción y liquidación de la fundación denominada Fundación Osatu / Osatu Fundazioa.

El 24 de abril de 2020 tuvo entrada en el Departamento de Gobernanza Pública y Autogobierno, solicitud de inscripción en el Registro de Fundaciones del País Vasco del acuerdo de extinción adoptado por el patronato de la fundación denominada Fundación Osatu / Osatu Fundazioa el 27 de septiembre de 2018, que fue elevado a público junto con el acuerdo de liquidación adoptado por la comisión liquidadora en el mismo acto, mediante escritura de 1 de julio de 2019 otorgada en Bilbao, ante el Notario don Juan Ignacio Gomeza Eleizalde (número de protocolo 747), por los miembros de la comisión liquidadora. Al escrito de solicitud se adjuntó la documentación obrante en el expediente.

Corresponde a la Consejera de Gobernanza Pública y Autogobierno dictar, mediante Orden, la resolución del presente expediente, en virtud de lo previsto en el artículo 3.1.a) del Decreto 115/2019, de 23 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del Protectorado y del Registro de Fundaciones del País Vasco, en el artículo 7.1.n) del Decreto 18/2020, de 6 de septiembre, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos y en el artículo 3.1 del Decreto 8/2021, de 19 de enero, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Gobernanza Pública y Autogobierno.

Al presente expediente se han aportado cuantos datos y documentos se consideran esenciales, cumpliéndose especialmente los requisitos previstos en los artículos 40, 41 y 51.2 de la Ley 9/2016, de 2 de junio, de Fundaciones del País Vasco y en los artículos 48 y 49 del Decreto 115/2019, de 23 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del Protectorado y del Registro de Fundaciones del País Vasco.

RESUELVO:

Primero.– Inscribir en el Registro de Fundaciones del País Vasco los acuerdos de extinción y liquidación de la fundación denominada Fundación Osatu / Osatu Fundazioa, con la fecha de la presente Orden, en los términos previstos en la escritura de extinción y liquidación otorgada en Bilbao, ante el Notario don Juan Ignacio Gomeza Eleizalde el 1 de julio de 2019 (número de protocolo 747).

Segundo.– Acordar la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial del País Vasco y remitir la misma a las personas interesadas.

Contra la presente Orden, que agota la vía administrativa, cabrá interponer recurso potestativo de reposición ante esta Consejera de Gobernanza Pública y Autogobierno, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación, o recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su notificación.

En Vitoria-Gasteiz, a 23 de marzo de 2021.

La Consejera de Gobernanza Pública y Autogobierno,

OLATZ GARAMENDI LANDA.


Análisis documental