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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 68, jueves 8 de abril de 2021


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE DESARROLLO ECONÓMICO, SOSTENIBILIDAD Y MEDIO AMBIENTE
2001

RESOLUCIÓN de 17 de marzo de 2021, del Director de Agricultura y Ganadería, por la que se convoca para el año 2021 examen de aptitud para cazar.

En cumplimiento de lo dispuesto en el Decreto 160/2014, de 29 de julio, de la licencia de caza y el examen de aptitud para cazar,

RESUELVO:

Primero.– Convocar para el año 2021 examen de aptitud para cazar en la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Segundo.– Las solicitudes se formalizarán on-line, a través de Internet, siguiendo estos pasos:

a) Acceder a la página web del Departamento de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente accediendo a la sección de la solicitud o directamente en la dirección: https://www.nasdap.net/solexamcaza.

b) Rellenar el formulario de solicitud correspondiente.

c) Abonar la tasa correspondiente al examen; no se tendrá por inscritas a las personas que no hayan abonado la tasa antes del final del plazo de inscripción.

Tercero.– El plazo de presentación de solicitudes para el examen comenzará el día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial del País Vasco y terminará el día 21 mayo de 2021, ambos inclusive.

Se tendrá por inscritas al examen, sin que tengan que realizar tramite complementario alguno, a las personas que presentaron solicitud y abonaron la tasa dentro de los plazos comprendidos entre el 20 de abril y 22 de mayo de 2020 y 16 de julio y 30 de julio de 2020 para el examen del año 2020 que finalmente no se pudo celebrar como consecuencia de la COVID-19.

Cuarto.– El examen consistirá en contestar un cuestionario de 31 preguntas tipo test, más tres de reserva para el caso de que alguna fuera anulada. Para superarlo se exigirá el acierto de al menos 24 preguntas. El tiempo máximo para realizar el examen será de 50 minutos. El temario del examen será el del Anexo II del Decreto 160/2014, de 29 de julio, de la licencia de caza y el examen de aptitud para cazar.

Quinto.– El lugar, fecha y hora de celebración del examen será el siguiente:

Día: 12 de junio de 2021.

Hora: 10:00 h.

Lugar: Bilbao Exhibition Centre (BEC).

C/ Ronda de Azkue 1 48902 Ansio.

Barakaldo.

Sexto.– El tribunal calificador tendrá la siguiente composición:

– Presidente Titular: Javier Monge Gómez, Jefe del Servicio de Fauna Cinegética y Pesca del Departamento de Sostenibilidad y Medio Natural de la Diputación Foral de Bizkaia.

– Presidenta Suplente: Leire Zabaleta Ojanguren, Jefa de la Sección de Caza y Pesca Continental del Departamento de Sostenibilidad y Medio Natural de la Diputación Foral de Bizkaia.

– Vocal Titular: Iñaki Barbero Osa, Vocal de la Federación Territorial de Caza de Bizkaia.

– Vocal Suplente: Juan Antonio Sarasketa Arregi, Vocal de la Federación Territorial de Caza de Bizkaia.

– Secretaria Titular: María González Bordagarai, Jefa de la Sección de Información y Asesoría del Departamento de Sostenibilidad y Medio Natural de la Diputación Foral de Bizkaia.

– Secretario Suplente: Asier Castro Albizua, Técnico de Administración General del Departamento de Sostenibilidad y Medio Natural de la Diputación Foral de Bizkaia.

Séptimo.– La tasa a abonar para realizar el examen será de 11,16 euros.

Octavo.– El proceso de resolución será el siguiente:

a) El tribunal remitirá a la Dirección de Agricultura y Ganadería del Gobierno Vasco, en el plazo máximo de siete días naturales desde la fecha de celebración del examen, su propuesta de personas que han superado el examen y de quienes no lo han superado.

b) Conforme a dicha propuesta, el Director de Agricultura y Ganadería hará público el listado provisional en un plazo máximo de una semana desde su recepción. Ese listado provisional se publicará en las páginas web de las Diputaciones Forales de Álava, Bizkaia y Gipuzkoa, así como en la del Departamento de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente del Gobierno Vasco.

c) Las personas interesadas podrán impugnar la validez de determinadas preguntas de la prueba, en el plazo de tres días naturales desde la realización de la prueba.

d) Dichas impugnaciones se resolverán en un plazo de tres días naturales desde su recepción, tras lo cual el Director de Agricultura y Ganadería ordenará publicar el listado definitivo en el plazo de siete días naturales.

e) Dicha resolución se publicará en el Boletín Oficial del País Vasco, y las personas interesadas podrán interponer contra ella recurso de alzada, ante el Viceconsejero de Agricultura, Pesca y Política Alimentaria, a partir del día siguiente al de la publicación. Las relaciones de aspirantes que superen la prueba serán expuestas públicamente en las páginas web de las Diputaciones Forales de Álava, Bizkaia y Gipuzkoa, así como en la del Departamento de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente del Gobierno Vasco.

Noveno.– Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, los interesados e interesadas podrán interponer recurso de alzada ante el Viceconsejero de Agricultura, Pesca y Política Alimentaria en el plazo de 1 mes a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

En Vitoria-Gasteiz, a 17 de marzo de 2021.

El Director de Agricultura y Ganadería,

JORGE GARBISU BUESA.


Análisis documental