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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 64, martes 30 de marzo de 2021


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE GOBERNANZA PÚBLICA Y AUTOGOBIERNO
1859

ORDEN de 11 de marzo de 2021, de la Consejera de Gobernanza Pública y Autogobierno, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones del País Vasco la modificación de los estatutos de la fundación denominada Fundación José Matia Calvo.

En fecha 25 de noviembre de 2020 ha tenido entrada telemática en el Registro del Departamento de Gobernanza Pública y Autogobierno, la Escritura Pública de modificación de Estatutos otorgada el 15 de octubre de 2020 por la fundación denominada Fundación José Matia Calvo, ante el Notario de San Sebastián, D. Martin Gabarain Astorqui (1231 de su protocolo).

En la referenciada Escritura Pública se incorpora certificado expedido el día 24 de junio de 2020 por D. José Luis Larumbe Martin, Secretario del Patronato de la Fundación con el visto bueno de la Presidenta, de la reunión del Patronato celebrada el día 24 de junio de 2020, en la que se adoptaron por mayoría de los presentes el acuerdo de modificar el artículo 6 (duración del cargo); el artículo 7 (relativo al nombramientos de los cargos); el artículo 9 (Comisión Ejecutiva); el artículo 13 (reuniones); el artículo 15 (Presidente); el artículo 17 (funciones de la Comisión Ejecutiva); el artículo 18 (reuniones de la Comisión Ejecutiva) y 19 (Presidencia de la Comisión Ejecutiva) de los Estatutos.

Corresponde a la Consejera de Gobernanza Pública y Autogobierno dictar, mediante Orden, la resolución del presente expediente de modificación estatutaria, en virtud de lo previsto en el artículo 3.1.a) del Decreto 115/2019, de 23 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del Protectorado y del Registro de Fundaciones del País Vasco, artículo 7.1.n) del Decreto 18/2020, de 6 de septiembre, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos y artículo 3.1 del Decreto 8/2021 de 19 de enero, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Gobernanza Pública y Autogobierno.

Al presente expediente se han aportado cuantos datos y documentos se consideran esenciales, cumpliéndose especialmente los requisitos previstos en los artículos 37 y 51.2 de la Ley 9/2016, de 2 de junio, de Fundaciones del País Vasco y el artículo 42 del Decreto 115/2019, de 23 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del Protectorado y del Registro de Fundaciones del País Vasco, ajustándose la modificación estatutaria practicada a las previsiones legales y reglamentarias que devienen de aplicación.

RESUELVO:

Primero.– Inscribir en el Registro de Fundaciones del País Vasco la modificación de los artículos 6, 7, 9, 13, 15, 17, 18 y 19 de los Estatutos, relativos a la duración de los cargos, a su nombramiento, a la Comisión Ejecutiva, a las reuniones del Patronato y a la Presidencia de la fundación denominada Fundación José Matia Calvo acordada por el Patronato de la Fundación el 24 de junio de 2020, con la fecha de la presente Orden y en los términos previstos en la Escritura Pública otorgada el 15 de octubre de 2020, ante el Notario de San Sebastián, D. Martin Gabarain Astorqui (número 1231 de su protocolo).

Segundo.– No inscribir en el Registro de Fundaciones del País Vasco la modificación de los artículos 5, 8, 9, 10 y 11 del Reglamento Interno de la fundación denominada Fundación José Matia Calvo, ya que dicha modificación no se encuentra entre los actos inscribibles del artículo 37 del Decreto 115/2019, de 23 de julio por el que se aprueba el Reglamento del Protectorado y del Registro de Fundaciones del País Vasco.

Tercero.– Acordar la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial del País Vasco y remitir la misma a las personas interesadas.

Contra la presente Orden, que agota la vía administrativa, cabrá interponer recurso potestativo de reposición ante esta Consejera de Gobernanza Pública y Autogobierno, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación, o recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su notificación.

En Vitoria-Gasteiz, a 11 de marzo de 2021.

La Consejera de Gobernanza Pública y Autogobierno,

OLATZ GARAMENDI LANDA.


Análisis documental