N.º 61, viernes 26 de marzo de 2021
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OTRAS DISPOSICIONES
DEPARTAMENTO DE PLANIFICACIÓN TERRITORIAL, VIVIENDA Y TRANSPORTES
1824
RESOLUCIÓN de 11 de marzo de 2021, del Viceconsejero de Planificación Territorial y Agenda Urbana, por la que se resuelve y hace pública la concesión de las ayudas previstas en la Orden de 7 de octubre de 2020, del Consejero de Planificación Territorial, Vivienda y Transportes, por la que se establecen las bases reguladoras y se convoca la concesión de subvenciones para el ejercicio 2020, para el desarrollo de ideas y proyectos innovadores que contribuyan a los objetivos del nicho de oportunidad «Hábitat Urbano» del PCTI Euskadi 2020, Programa Bai+D+i.
Con fecha 15 de octubre de 2020 fue publicada en el BOPV n.º 203 la Orden de 7 de octubre de 2020, del Consejero de Planificación Territorial, Vivienda y Transportes, por la que se establecen las bases reguladoras y se convoca la concesión de subvenciones para el ejercicio 2020, para el desarrollo de ideas y proyectos innovadores que contribuyan a los objetivos del nicho de oportunidad «Hábitat urbano» del PCTI Euskadi 2020, programa Bai+D+i.
El plazo de presentación de solicitudes finalizó el día 16 de noviembre, en virtud de lo establecido en el artículo 7 de la citada Orden, habiendo tenido entrada 16 solicitudes, si bien, la solicitud formulada por Pezestudio, S.C. ha presentado su desistimiento, por lo que procede el análisis y verificación de las 15 solicitudes restantes.
Conforme a lo dispuesto en el artículo 14 de la citada Orden de 7 de octubre de 2020 reguladora de estas ayudas, con fecha 25 de noviembre se constituyó el correspondiente Tribunal de Valoración con objeto de llevar a cabo el análisis y verificación de las solicitudes recibidas teniendo en cuenta lo dispuesto en el artículo 12 de dicho artículo que recogía los criterios de adjudicación y su puntuación máxima.
El artículo 10 de la antedicha Orden de 7 de octubre de 2020 prevé que para la concesión de las subvenciones se destinará un total de 400.000,00 euros. Por su parte, dicha disposición precisa que se subvencionará el 80 % de los costes subvencionables, con un máximo de 100.000 euros para redacción y ejecución de proyectos y 30.000 euros para la exclusiva redacción de proyectos, hasta el agotamiento del crédito presupuestario existente, no pudiendo ser objeto de subvención el IVA u otros impuestos, salvo que se acredite que suponga un coste para la persona o entidad beneficiaria.
Con fechas 20 y 21 de enero de 2021 el Tribunal de Valoración, tras llevar a cabo el análisis y verificación de las solicitudes recibidas, y de acuerdo con lo señalado en el artículo 15, elevó a esta Viceconsejería la Propuesta de adjudicación en la que consta la relación de las solicitudes presentadas; la prelación de solicitudes que se propone subvencionar y la relación de solicitudes que se propone denegar, incluyendo los motivos que fundamentan dicha denegación.
Dado lo dispuesto en el artículo 15 de la Orden de 7 de octubre de 2020, del Consejero de Consejero de Planificación Territorial, Vivienda y Transportes, por la que se establecen las bases reguladoras y se convoca la concesión de subvenciones, para el ejercicio 2020, para el desarrollo de ideas y proyectos innovadores que contribuyan a los objetivos del nicho de oportunidad «hábitat urbano» del PCTI Euskadi 2020, programa BAI+D+i y a la vista de la Propuesta elevada por el Tribunal de Valoración constituido al efecto,
RESUELVO:
Primero.– Conceder las subvenciones para el desarrollo de ideas y proyectos innovadores que contribuyan a los objetivos del nicho de oportunidad «hábitat urbano» a la persona y entidades beneficiarias que se relacionan en el Anexo I adjunto a la presente Resolución, para la elaboración del proyecto y por el importe que se cita.
Segundo.– Denegar las subvenciones para el desarrollo de ideas y proyectos innovadores que contribuyan a los objetivos del nicho de oportunidad «hábitat urbano» a la persona y entidades solicitantes que se relacionan en el Anexo II, en el que se incluyen los motivos de dicha denegación.
Tercero.– Forma y plazos de pago de las ayudas. El pago de la subvención se hará efectivo del modo siguiente:
a) 25 % de la cantidad concedida, mediante libramiento con carácter de pago anticipado, una vez transcurrido el plazo establecido en el apartado a) del artículo 18 de la precitada Orden de 7 de octubre de 2020, sin haber mediado renuncia.
b) 18,75 % del importe de la ayuda, previa justificación técnica y económica del 43,75 % de los trabajos objeto de financiación, que deberá entregarse por las personas y entidades beneficiarias antes del 30 de mayo 2021 en formato electrónico.
c) 18,75 % del importe de la ayuda, previa justificación técnica y económica del 62,5 % de los trabajos objeto de financiación, que deberá entregarse por las personas y entidades beneficiarias antes del 30 de noviembre 2021 en formato electrónico.
d) 18,75 % del importe de la ayuda, previa justificación técnica y económica del 81,25 % de los trabajos objeto de financiación, que deberá entregarse por las personas y entidades beneficiarias antes del 30 de mayo 2022 en formato electrónico.
e) 18,75 % restante del importe de la ayuda tras la aprobación por parte de la Dirección de Planificación Territorial y Agenda Urbana del proyecto definitivo y la correspondiente memoria económica detallada, antes del 30 noviembre de 2022.
La justificación de la subvención, así como la documentación a presentar se encuentran establecidos en el artículo 17 de la Orden de 7 de octubre de 2020.
Cuarto.– Ordenar la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial del País Vasco a los efectos de su notificación a todos los solicitantes, de conformidad con lo señalado en el artículo 15 de la Orden de 7 de octubre de 2020.
Contra la presente Resolución cabrá interponer recurso de alzada ante el Consejero de Consejero de Planificación Territorial, Vivienda y Transportes en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de la resolución en el Boletín Oficial del País Vasco.
En Vitoria-Gasteiz, a 11 de marzo de 2021.
El Viceconsejero de Planificación Territorial y Agenda Urbana,
MIGUEL DE LOS TOYOS NAZABAL.