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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 60, jueves 25 de marzo de 2021


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OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE DESARROLLO ECONÓMICO, SOSTENIBILIDAD Y MEDIO AMBIENTE
1776

RESOLUCIÓN de 5 de marzo de 2021, del Delegado Territorial de Álava del Departamento de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente, por la que se autoriza el proyecto para la instalación de Almacenamiento de GLP en depósito fijo y Red de Distribución de Gas Propano canalizado en el núcleo de Salinillas de Buradón, en el término municipal de Labastida (Álava) y se declara la utilidad pública de la misma.

N.º expediente: 01CGY 202000005.

ANTECEDENTES DE HECHO

1.– Con fecha 29 de septiembre de 2020 Ned Suministro GLP, S.A. solicitó la autorización administrativa y la declaración en concreto de la utilidad pública para el proyecto de instalación de Almacenamiento de GLP en depósito fijo y Red de Distribución de Gas Propano canalizado en el núcleo de Salinillas de Buradón, en el término municipal de Labastida (Álava).

2.– A los efectos previstos en la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos, se sometió el expediente al trámite de información pública, publicándose el anuncio en el tablón del ayuntamiento de Labastida; en el BOTHA de fecha 27 de enero de 2021; en el BOPV de fecha 15 de enero de 2021, en el periódico «Diario Noticias de Álava» de 13 de enero de 2021 y en «El Correo» de 14 de enero de 2021.

3.– Con carácter simultáneo al trámite de información pública, el 18 de febrero de 2021 se remitió separata del proyecto al Ayuntamiento de Labastida, quien no ha presentado condicionado técnico en plazo. Además, se envió separatas a la Junta Administrativa de Salinillas de Buradón y a Ura-Agencia Vasca del Agua, el 18 de febrero de 2021, no habiendo presentado condicionado técnico en plazo.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS

1.– La Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos; el RD 919/2006, de 28 de julio, por el que se aprueba el Reglamento técnico de distribución y utilización de combustibles gaseosos y el Decreto 107/1998, de 9 de junio, sobre autorización y puesta en servicio de instalaciones de servicio público de gas canalizado, establecen la exigencia de la autorización administrativa previa para la construcción de redes de distribución de gas.

2.– La Ley 34/1998, de 7 de octubre, declara de utilidad pública las instalaciones a las que se refiere el Título IV de la Ley relativas al suministro de gases combustibles por canalización.

3.– La presente Resolución se dicta de conformidad con la Resolución de 16 de marzo de 2018 del Director de Energía, Minas y Administración Industrial que delega en las Delegaciones Territoriales del Departamento de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente el ejercicio de la competencia sobre determinadas materias en el área de energía, administración de industria y seguridad industrial.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación, el Delegado Territorial de Álava

RESUELVE:

1.– Autorizar a Ned Suministro GLP, S.A. y aprobar el proyecto para la instalación de Almacenamiento de GLP en depósito fijo y Red de Distribución de Gas Propano canalizado en el núcleo de Salinillas de Buradón, en el término municipal de Labastida (Álava).

2.– Declarar, en concreto, la utilidad pública de la instalación que se autoriza, llevando implícita esta declaración, a tenor de lo dispuesto en el artículo 105 de la citada Ley 34/1998, de 7 de octubre (BOE de 08-10-1998), la necesidad de ocupación de los bienes o adquisición de los derechos afectados, e implicando la urgente ocupación de los mismos y determinando las consecuencias que para la declaración de urgente ocupación dispone el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954.

Esta resolución se concede de acuerdo con lo dispuesto en el citado Decreto 107/1998 y con las condiciones generales siguientes:

1) La instalación que se autoriza habrá de realizarse de acuerdo con el proyecto y su anexo de modificación denominado: «Proyecto de autorización administrativa y de construcción de instalaciones. Almacenamiento de GLP en depósito fijo y red de distribución de gas propao canalizado. Núcleo de Salinillas de Buradón» en el término municipal de Labastida, del que es autor el ingeniero de industrial Ángel Casas Bachiller.

2) Las instalaciones deberán cumplir lo establecido en el Reglamento Técnico de distribución y utilización de combustibles gaseosos y sus instrucciones técnicas complementarias (RD 919/2000, de 28 de julio), así como las disposiciones y normas técnicas correspondientes.

3) Para introducir modificaciones que afecten a los datos básicos contenidos en el proyecto aprobado, será necesario obtener la autorización correspondiente.

4) El plazo de ejecución de la instalación que se autoriza será de 3 años a partir de la fecha de la autorización.

5) Ned Suministro GLP, S.A., de acuerdo con lo previsto en el artículo 73.4 de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, constituirá en el plazo de 2 meses, una fianza de 2.438,64 euros, en garantía de cumplimiento de sus obligaciones.

6) Los reconocimientos, ensayos y pruebas de carácter general o parcial que, según las disposiciones en vigor, hayan de realizarse en las instalaciones, deberán ser comunicados a la Delegación Territorial de Álava con la debida antelación.

7) Una vez finalizadas las obras de instalación, deberá presentarse ante la Delegación Territorial de Álava los correspondientes Certificados de Dirección de Obra, actas de pruebas con los registros gráficos, así como los planos as-built.

8) Ned Suministro GLP, S.A. dará cuenta de la terminación de las instalaciones a esta Delegación Territorial para su reconocimiento definitivo y el levantamiento del acta de puesta en marcha, sin cuyo requisito no podrá entrar en funcionamiento.

9) La presente autorización se otorga sin perjuicio e independientemente de las autorizaciones, licencias o permisos de competencia municipal, provincial u otros necesarios para la realización de las obras, no relevándose al peticionario de la obligación de obtener los mismos.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante el Viceconsejero de Industria, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de notificación de esta resolución, todo ello en virtud de lo establecido en el artículo 121 y siguientes de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

En Vitoria-Gasteiz, a 5 de marzo de 2021.

El Delegado Territorial de Álava,

JESÚS PASCUAL LORENTE.


Análisis documental