N.º 59, miércoles 24 de marzo de 2021
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OTRAS DISPOSICIONES
DEPARTAMENTO DE PLANIFICACIÓN TERRITORIAL, VIVIENDA Y TRANSPORTES
1745
ORDEN de 10 de marzo de 2021, del Consejero de Planificación Territorial, Vivienda y Transportes por la que se acuerda extender la financiación cualificada establecida con carácter general para las áreas de rehabilitación integrada, al barrio de San Cristóbal del municipio de Vitoria-Gasteiz en Álava.
ANTECEDENTES
1.– Mediante escrito del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz, se solicita la concesión de las ayudas definidas para las Áreas de Rehabilitación Integrada al barrio de San Cristóbal. Se adjunta la delimitación del ámbito, memoria descriptivo-justificativa, estudio socio-urbanístico, estudio económico-financiero y programa de actuación.
2.– La delimitación del ámbito de actuación de dicha Área, que se concreta en el plano adjunto a la presente Orden, se ha obtenido de la documentación obrante en el expediente, del plano de delimitación aportado por el Ayuntamiento, y de la visita de inspección ocular realizada a la zona por personal técnico adscrito a este órgano.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
1.– El Departamento de Planificación Territorial, Vivienda y Transportes es el órgano competente para la resolución del presente expediente, de conformidad con lo previsto en el Decreto 11/2021, de 19 de enero por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Planificación Territorial, Vivienda y Transportes y el Decreto 18/2020, de 6 de septiembre, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos, y el Decreto 317/2002, de 30 de diciembre, sobre actuaciones protegidas de rehabilitación del patrimonio urbanizado y edificado.
2.– Conforme señala la citada disposición adicional tercera del Decreto 317/2002, de 30 de diciembre, sobre actuaciones protegidas de rehabilitación del patrimonio urbanizado y edificado, el Consejero del Departamento de Vivienda y Asuntos Sociales podrá conceder, mediante Orden dictada al efecto, previo informe de la Dirección de Suelo y Urbanismo, las ayudas definidas para las Áreas de Rehabilitación Integradas a aquellas Áreas definidas en el artículo 9.2 del citado Decreto, cuya gestión y ejecución no precise la redacción de Plan Especial de Rehabilitación.
3.– Se cumplen en el presente supuesto el conjunto de las condiciones de degradación económico-social y urbanístico-arquitectónicas, establecidas en el citado artículo 9.2 del Decreto 317/2002, para considerar el barrio de San Cristóbal de Vitoria-Gasteiz como Área Degradada, de conformidad con el Informe emitido con fecha 23 de febrero de 2021 y que obra en el expediente.
RESUELVO:
Primero.– Autorizar la concesión de las ayudas financieras establecidas en el Decreto 317/2002, de 30 de diciembre, para las Áreas de Rehabilitación Integrada a las actuaciones de rehabilitación protegida que se realicen en el barrio de San Cristóbal del municipio de Vitoria-Gasteiz.
Segundo.– Notificar el contenido de la presente Orden al Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz y a la Diputación Foral de Álava.
Tercero.– Publicar la presente Orden en el Boletín Oficial del País Vasco y en el Boletín Oficial de Álava.
Cuarto.– Contra la presente Orden cabe interponer recurso de reposición ante el Consejero de Planificación Territorial, Vivienda y Transportes en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la notificación de la presente Orden, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación, sin perjuicio de su publicación para general conocimiento.
En Vitoria-Gasteiz, a 10 de marzo de 2021.
El Consejero de Planificación Territorial, Vivienda y Transportes,
IGNACIO MARÍA ARRIOLA LÓPEZ.