N.º 51, jueves 11 de marzo de 2021
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AUTORIDADES Y PERSONAL
Nombramientos, situaciones e incidencias
OSAKIDETZA-SERVICIO VASCO DE SALUD
1448
RESOLUCIÓN 75/2021, de 17 de febrero, del Director Gerente de la Organización Sanitaria Integrada Barakaldo-Sestao, por la que se nombra temporalmente, por un plazo de cuatro años prorrogables, a don José Luis Francisco Matías Jefe de Sección Sanitario de Cardiología en la Organización Sanitaria Integrada Barakaldo-Sestao de Osakidetza-Servicio vasco de salud.
Mediante Resolución 93/2020, de 24 de febrero, se convocó la provisión, mediante concurso, de un puesto de Jefe/a de Sección Sanitario Cardiología en la OSI Barakaldo-Sestao.
Efectuada por el tribunal calificador la valoración de las solicitudes presentadas, así como la correspondiente propuesta de nombramiento, y a la vista de los conocimientos académicos y profesionales que concurren en don José Luis Francisco Matías procede efectuar su nombramiento para ocupar el puesto de Jefe de Sección Sanitario de la Unidad de Cardiología en la OSI Barakaldo-Sestao.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 28 Norma Común Tercera de la Ley 8/1997, de 26 de junio, de Ordenación Sanitaria de Euskadi, en el Decreto 186/2005, de 19 de julio, por el que se regulan los puestos funcionales de Osakidetza, y en el Decreto 255/1997, de 11 de noviembre,
RESUELVO:
Primero.– Nombrar temporalmente a don José Luis Francisco Matías Jefe de Sección Sanitario de Cardiología en la Organización Sanitaria Integrada Barakaldo-Sestao de Osakidetza-Servicio vasco de salud.
Segundo.– El presente nombramiento, que tendrá carácter temporal por un plazo de cuatro años prorrogables en función de lo establecido en la Norma Común Tercera del artículo 28 de la Ley 8/1997, de 26 de junio, de Ordenación Sanitaria de Euskadi, surtirá efectos desde el día 10 de febrero de 2021.
Tercero.– El nombrado cesará al vencimiento del plazo del nombramiento, salvo que proceda la circunstancia de prórroga, de conformidad con lo previsto en el precitado artículo 28 de la Ley 8/1997, de 26 de junio, de Ordenación Sanitaria de Euskadi.
Cuarto.– Asimismo, podrá ser removido con anterioridad al vencimiento del plazo de nombramiento en vigor, previo expediente contradictorio y por las causas de traslado previstas en el apartado 6 del artículo 28 de la Ley 8/1997, de 26 de junio.
Quinto.– Notifíquese la presente Resolución al interesado y a la Organización Sanitaria Integrada Barakaldo-Sestao.
Sexto.– Contra la presente Resolución podrá interponerse recurso de alzada, ante la Directora General de Osakidetza-Servicio vasco de salud, en el plazo de un mes contado a partir del siguiente al de la publicación en el BOPV.
En Barakaldo, a 17 de febrero de 2021.
El Director Gerente de la OSI Barakaldo-Sestao,
JOSEBA JULEN BALLESTERO ZARRAGA.