N.º 49, martes 9 de marzo de 2021
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OTRAS DISPOSICIONES
DEPARTAMENTO DE DESARROLLO ECONÓMICO, SOSTENIBILIDAD Y MEDIO AMBIENTE
1392
RESOLUCIÓN de 30 de diciembre del 2020, del Director de Calidad e Industrias Alimentarias, por la que se resuelven las solicitudes presentadas al efecto de acogerse a las medidas de apoyo a las inversiones en el sector vinícola, programa Ardoinb 2020.
Vistas las solicitudes presentadas ante la Dirección de Calidad e Industrias Alimentarias, al efecto de acogerse a la convocatoria de ayudas a proyectos de inversión en el sector vitivinícola, bajo el régimen de ayudas de minimis, convocadas por Orden de 24 de noviembre de 2020 de la Consejera de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente.
Considerando que a dichas solicitudes les es de aplicación lo dispuesto en el Reglamento (UE) n.º 1407/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis.
Vista la propuesta de resolución realizada a la persona titular de la Dirección de Calidad e Industrias Alimentarias por la Comisión de Valoración, según lo establecido en el resuelvo noveno de la Orden de convocatoria. Esta propuesta ha sido realizada de acuerdo con lo establecido en el Resuelvo cuarto de la Orden de convocatoria y contiene la información a que hace referencia el punto 6 del resuelvo noveno de la citada Orden de convocatoria.
RESUELVO:
Primero.– Aceptar las solicitudes presentadas que se relacionan en el anexo a la presente Resolución, especificándose en el citado anexo, el importe de la inversión subvencionable y la cantidad que correspondería como ayuda directa, siendo que la cuantía total asciende a 546.377,56 euros, financiada con cargo Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
Segundo.– El plazo máximo de ejecución de las inversiones autorizadas en el anexo, será el 31 de diciembre de 2021, sin posibilidad de prórroga.
Dado el carácter de minimis de estas ayudas, deberá ser notificada cualquier modificación que afecte a los límites máximos de ayuda establecidos en el Reglamento (UE) n.º 1407/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013.
Tercero.– Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Viceconsejero de Agricultura, Pesca y Política Alimentaria, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la recepción de la presente notificación.
En Vitoria-Gasteiz, a 30 de diciembre de 2020.
El Director de Calidad e Industrias Alimentarias,
JAVIER PLASENCIA CUADRADO.