N.º 48, lunes 8 de marzo de 2021
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OTRAS DISPOSICIONES
DEPARTAMENTO DE TRABAJO Y EMPLEO
1352
RESOLUCIÓN de 22 de febrero de 2021, del Director de Trabajo y Seguridad Social, por la que se ordena el depósito del acuerdo de modificación de estatutos de la organización sindical «Sindicato Vasco de Policía y Emergencias / Poliziaren eta Larrialdietako Euskal Sindikatua».
Visto el expediente incoado en esta Oficina Pública de Depósito de Estatutos de Organizaciones Sindicales y Empresariales sobre depósito del acuerdo de modificación de Estatutos de la organización sindical Sindicato Vasco de Policía y Emergencias / Poliziaren eta Larrialdietako Euskal Sindikatua, se ha dictado la siguiente Resolución en base a los siguientes:
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero.– El 16 de febrero de 2021 se ha presentado la documentación por la que se solicita el depósito del acuerdo de modificación de estatutos de la organización sindical Sindicato Vasco de Policía y Emergencias / Poliziaren eta Larrialdietako Euskal Sindikatua.
Segundo.– Con fecha 16 de febrero de 2021, se realizó un requerimiento de documentación, que fue cumplimentado con fecha 19 de enero de 2021.
Tercero.– La documentación presentada a depósito se compone de Instancia de solicitud de depósito, Acta de la Asamblea General de Delegados Ordinaria de fecha 20 de enero de 2021 donde se recoge el acuerdo de modificación de estatutos, la relación de artículos modificados y los nuevos estatutos.
A los hechos relacionados les son de aplicación los siguientes
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero.– La competencia para formalizar el depósito de Estatutos de Asociaciones Sindicales y Empresariales viene atribuida a esté órgano por el artículo 10.1 n) del Decreto del Gobierno Vasco 7/2021, de 19 de enero, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Trabajo y Empleo.
Segundo.– La normativa sustantiva aplicable en el presente procedimiento administrativo es la recogida en la Ley Orgánica 11/1985, de 2 de agosto, de Libertad Sindical, y en el Real Decreto 416/2015, de 29 de mayo, sobre depósito de estatutos de las organizaciones sindicales y empresariales, artículo 7.
Tercero.– Analizada la documentación presentada a depósito se constata su adecuación a derecho y, en consecuencia, procede la admisión a depósito del acuerdo de modificación de los estatutos de la organización sindical «Sindicato Vasco de Policía y Emergencias / Poliziaren eta Larrialdietako Euskal Sindikatua».
Vistos los fundamentos mencionados y las demás disposiciones de general aplicación,
RESUELVO:
Primero.– Ordenar el depósito del acuerdo de modificación de los estatutos de la organización sindical «Sindicato Vasco de Policía y Emergencias / Poliziaren eta Larrialdietako Euskal Sindikatua».
Segundo.– La presente Resolución surtirá efectos desde el día siguiente a la fecha en que se ha dictado.
Tercero.– Notifíquese esta Resolución a las personas interesadas en la forma establecida por el artículo 40 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, haciéndoles saber que la misma es posible impugnarla anta la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, conforme a lo dispuesto en la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social.
En Vitoria-Gasteiz, a 22 de febrero de 2021.
El Director de Trabajo y Seguridad Social,
ANGEL LAPUENTE MONTORO.