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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 41, jueves 25 de febrero de 2021


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE IGUALDAD, JUSTICIA Y POLÍTICAS SOCIALES
1093

RESOLUCIÓN de 9 de febrero de 2021, de la Directora de Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer, por la que se homologa a Farapi Kooperatiba Elkartea, para la prestación de asistencia técnica en materia de igualdad de mujeres y hombres a empresas y entidades.

Mediante Decreto 105/2004, de 8 de junio, se reguló la homologación de entidades consultoras para la prestación de asistencia técnica en materia de igualdad de mujeres y hombres a empresas y entidades, con el fin de promover a través de los agentes sociales el desarrollo de medidas de acción positiva en las empresas tendentes a lograr la igualdad entre mujeres y hombres y de garantizar la calidad, eficacia y profesionalidad de los servicios de consultoría.

Farapi Kooperatiba Elkartea, ha presentado la documentación exigida por la normativa vigente, de la cual se desprende que cumple los requisitos exigidos por el artículo 2 del Decreto 105/2004, de 8 de junio.

La Comisión Evaluadora ha comprobado que el proyecto remitido por la entidad solicitante ha obtenido más del mínimo de 50 puntos exigido por el artículo 5 del Decreto regulador.

En su virtud, a la vista de la solicitud presentada y de la valoración realizada a la documentación remitida, a propuesta de la Comisión Evaluadora,

RESUELVO:

Primero.– Se homologa a Farapi Kooperatiba Elkartea, para la prestación de asistencia técnica en materia de igualdad de mujeres y hombres a empresas y entidades por un periodo de cinco años, en los términos y condiciones establecidas en el Decreto 105/2004, de 8 de junio.

Segundo.– La entidad Farapi Kooperatiba Elkartea, podrá utilizar esta mención en todos sus documentos mientras la homologación continúe vigente.

DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA

La presente Resolución pone fin a la vía administrativa y contra ella podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante la Directora de Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer en el plazo de un mes a partir del día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco, o directamente recurso contencioso-administrativo ante el juzgado de lo Contencioso-Administrativo correspondiente en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a su publicación en el mismo Boletín.

DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA

La presente Resolución surtirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

En Vitoria-Gasteiz, a 9 de febrero de 2021.

La Directora de Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer,

MIREN IZASKUN LANDAIDA LARIZGOITIA.


Análisis documental