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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 260, martes 29 de diciembre de 2020


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

AUDIENCIA PROVINCIAL DE ÁLAVA
5570

EDICTO dimanante del procedimiento n.º 398/2020 seguido en apelación sobre reclamación de cantidad.

Juzgado de Primera Instancia n.º 1 de Vitoria-Gasteiz – Unidad Procesal de Apoyo Directo Civil.

Autos de Procedimiento ordinario 157/2019.

Recurrente: Volkswagen Finance S.A. E.F.C.

Procuradora: Soledad Carranceja Diez.

Abogado: Enrique Domingo Osle.

Recurrido: Luz Denir Valenzuela Turrago.

Recurso: recurso apelación procedimiento ordinario LEC 2000 398/2020.

Parte apelante: Volkswagen Finance S.A. E.F.C.

Parte apelada: Luz Denir Valenzuela Turrago.

Sobre: reclamación de cantidad.

En el recurso referenciado, se ha dictado Sentencia a la resolución cuyo fallo es del texto literal siguiente:

Estimar el recurso de apelación interpuesto por Volkswagen Bank GMBH contra la sentencia n.º 31/20, dictada en el procedimiento ordinario seguido bajo n.º 157/19 ante el Juzgado de Primera Instancia Núm. Uno de Vitoria-Gasteiz, y en consecuencia revocamos dicha sentencia dejándola sin efecto, y en su lugar acordamos:

Estimar la demanda la demanda formulada por la recurrente Volkswagen Bank GMBH (Volkswagen Finance, S.A. EFC) contra Dña. Luz-Denir Valenzuela Turriago y condenar a esta a que pague a la demandante 9.254’89 euros, con los intereses legales desde la interposición de la demanda, así como al pago de las costas de la primera instancia y sin especial declaración sobre las causadas con la apelación.

Desestimar la reconvención formulada por Dña. Luz-Denir Valenzuela Turriago contra Volkswagen Bank GMBH (Volkswagen Finance, S.A. EFC) absolviendo a esta de las pretensiones contra ella dirigidas, con expresa imposición de las costas a la demandada.

Dese el destino legal al depósito constituido para recurrir.

En atención al desconocimiento del actual domicilio o residencia de dicha parte apelada, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado la publicación del presente edicto en el Boletín Oficial del País Vasco para llevar a efecto la diligencia de notificación.

En Vitoria-Gasteiz, a 4 de diciembre de 2020.

EL LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA.


Análisis documental