N.º 253, viernes 18 de diciembre de 2020
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AUTORIDADES Y PERSONAL
Oposiciones y concursos
OSAKIDETZA-SERVICIO VASCO DE SALUD
5427
RESOLUCIÓN 151/2020, de 27 de noviembre, del Director Gerente de Emergencias, por la que se convoca la provisión, mediante libre designación, de un puesto de Jefe de Equipo de Mantenimiento e Instalaciones (Responsable del Parque Móvil) en Emergencias de Osakidetza-Servicio vasco de salud.
Encontrándose vacante el puesto de Jefe de Equipo de Mantenimiento e Instalaciones (Responsable del Parque Móvil), de conformidad con lo dispuesto en el artículo 28 Norma Común Tercera de la Ley 8/1997 de 26 de junio, de Ordenación Sanitaria de Euskadi, en el Decreto 186/2005, de 19 de julio, por el que se regulan los puestos funcionales de Osakidetza y en el Decreto 255/1997 de 11 de noviembre, esta Dirección Gerencia acuerda anunciar convocatoria pública para su provisión, por el procedimiento de libre designación, con arreglo a las siguientes
BASES
1.– Requisitos de participación.
Podrán participar en esta convocatoria quienes acrediten el cumplimiento de los siguientes requisitos:
– Ser personal fijo (estatutario, funcionario o laboral) en cualquier organización de servicios de Osakidetza, y tener plaza en propiedad en el grupo profesional C3/D3.
– Hallarse en posesión de la titulación correspondiente al Grupo Profesional C3/D3.
– Experiencia profesional mínima de 2 años en el grupo profesional C3/D3.
– Título de Técnico de Emergencias o habilitación para la conducción de ambulancias asistenciales y permiso de conducir clase C.
– Resto de requisitos de Decreto 186/2005, de 19 de julio, y del Plan de Euskera de Osakidetza.
2.– Méritos a considerar.
– Servicios prestados en Emergencias, con el consiguiente conocimiento de la Organización.
– Experiencia y conocimientos propios del puesto, y en concreto los referidos a mantenimiento de ambulancias y otros vehículos, así como de la célula sanitaria de las ambulancias y sus diferentes elementos.
– Capacidad de organización, tanto de equipos como de procesos vinculados a la actividad del servicio, así como capacidad de coordinación de los medios vinculados al desarrollo de dicha actividad.
Se podrán aportar cuantos méritos se consideren de interés y añadan valor al desempeño del puesto.
3.– Conocimientos de euskera.
Se valorará conforme a lo previsto en el Decreto 67/2003, de 18 de marzo, de normalización del uso del euskera en Osakidetza-Servicio vasco de salud, y en sus normas de desarrollo.
4.– Plazo y presentación de solicitudes.
Los interesados dirigirán sus solicitudes a la Dirección de Personal de Emergencias (C/ M.ª Díaz de Haro, 53-48010 Bilbao) de Osakidetza-Servicio vasco de salud, dentro del plazo de 15 días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el BOPV. También podrán presentarse en la forma establecida en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Los/as interesados/as deberán dirigir la solicitud con todos sus datos personales, acompañada de «curriculum vitae» documentado. La documentación deberá tener la siguiente forma:
– Fotocopia compulsada del DNI, pasaporte o permiso de conducir.
– Fotocopia compulsada del nombramiento de personal funcionario o estatutario o, en su caso, del documento que acredite la condición de laboral fijo.
– Fotocopia compulsada de la documentación que acredite el cumplimiento de requisitos.
– Fotocopia compulsada de todos los méritos a considerar.
No será preciso acreditar en la forma indicada en el párrafo anterior aquellos extremos que consten debidamente validados en la aplicación informática corporativa de CV, si bien esta circunstancia deberá hacerse constar en la solicitud que realice el aspirante.
5.– Comisión de Valoración.
Se constituirá una Comisión para la valoración de las solicitudes presentadas, que se notificará a los aspirantes.
La Comisión podrá acordar tras la valoración de las solicitudes realizar diligencias complementarias que se comunicarán a los aspirantes.
Efectuada la valoración de los aspirantes, y a la vista de la misma, se elevará propuesta a fin de formalizar el oportuno nombramiento. El tribunal podrá, previo informe motivado, proponer la declaración de desierta en caso de que los aspirantes no reúnan las condiciones exigidas.
Se levantará acta de cada sesión de la Comisión. En la misma constarán los aspirantes presentados, las diligencias complementarias realizadas (si las hubiera), así como los motivos tenidos en cuenta para la asignación del puesto a uno de ellos o, en su caso, para declarar desierta la convocatoria.
6.– Procedimiento de selección.
En ningún caso podrán considerarse méritos que no se ostenten a la fecha de publicación del Anuncio de la convocatoria en el BOPV, ni tampoco los que no hubieran sido debidamente alegados y acreditados antes de finalizar el plazo de presentación de solicitudes.
7.– Resolución que pone fin al procedimiento.
La finalización del procedimiento que aquí se inicia (asignación del puesto o declaración de desierta) se llevará a cabo mediante Resolución del Director Gerente de Emergencias de Osakidetza-Servicio vasco de salud, que se publicará en el Boletín Oficial del País Vasco, así como en la intranet y la página web corporativa de Osakidetza.
Dicha Resolución surtirá efectos desde la fecha de publicación en el BOPV, salvo que en ella se disponga otra cosa.
8.– Recursos contra la presente Resolución.
Contra la presente Resolución podrá interponerse recurso de alzada, ante el Director General de Osakidetza-Servicio vasco de salud, en el plazo de un mes contado a partir del siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.
En Bilbao, a 27 de noviembre de 2020.
El Director Gerente de Emergencias,
OSCAR ALLER GARCIA.