N.º 227, lunes 16 de noviembre de 2020
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OTRAS DISPOSICIONES
DEPARTAMENTO DE IGUALDAD, JUSTICIA Y POLÍTICAS SOCIALES
4897
RESOLUCIÓN de 2 de noviembre de 2020, de la Directora de Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer, por la que se resuelve y hace pública la concesión de las ayudas previstas para la realización del Master Universitario Oficial en Intervención en Violencia contra las Mujeres, durante el curso académico 2020-2021.
Mediante Resolución de 2 de septiembre de 2020, de la Directora de Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer, se convocaron ayudas para la realización del Master Universitario Oficial en Intervención en Violencia contra las Mujeres durante el curso académico 2020-2021 (BOPV n.º 182, de 15 de septiembre). El artículo 12 de la citada Resolución establece que «Las solicitudes serán analizadas por la Comisión de Selección, que elevará su propuesta a la Directora de Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer. Esta dictará resolución expresa que, poniendo fin al proceso iniciado recogerá las subvenciones concedidas y denegadas. La resolución adoptada será notificada individualmente a las personas solicitantes. Asimismo, a efectos de general conocimiento, la relación de las subvenciones concedidas será publicada en el Boletín Oficial del País Vasco».
Por todo lo expuesto, y considerada la propuesta de la Comisión de selección,
RESUELVO:
Primero.– Conceder las ayudas para la realización del Master Universitario Oficial en Intervención en Violencia contra las Mujeres a las personas que se relacionan en el anexo, por los importes individuales que en el mismo se señalan.
Segundo.– El pago de la subvención será fraccionado, abonándose el setenta y cinco por ciento de la subvención en el momento en que se dicte la Resolución de concesión, y el segundo pago por el veinticinco por ciento restante una vez remitido por la Universidad de Deusto el informe de seguimiento de la asistencia y aprovechamiento académico de las personas beneficiarias de las ayudas correspondiente al primer semestre del curso académico. Todo ello de conformidad con lo establecido en el artículo 14 de Resolución de 2 de septiembre de 2020, de la Directora de Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer.
Tercero.– Disponer la publicación en el Boletín Oficial del País Vasco de la presente Resolución.
Cuarto.– Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, podrán las personas interesadas interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco, o recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo correspondiente en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a su publicación en el mismo diario oficial.
En Vitoria-Gasteiz, a 2 de noviembre de 2020.
La Directora de Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer,
MIREN IZASKUN LANDAIDA LARIZGOITIA.