N.º 222, lunes 9 de noviembre de 2020
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OTRAS DISPOSICIONES
DEPARTAMENTO DE GOBERNANZA PÚBLICA Y AUTOGOBIERNO
4757
DECRETO 246/2020, de 3 de noviembre, de corrección de errores del Decreto 79/2019, de 21 de mayo, de modificación del Decreto por el que se aprueban las Relaciones de Puestos de Trabajo de los departamentos y organismos autónomos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
Mediante el Decreto 79/2019, de 21 de mayo, se modificaron las relaciones de puestos de trabajo, reservados a personal funcionario y laboral, aprobadas mediante el Decreto 226/1997, de 14 de octubre, modificado, a su vez, por el Decreto 105/2007, de 26 de junio.
Se ha comprobado que el puesto código 3446, dotaciones 3 y 22 se ha clasificado, erróneamente, como «Ordenanza», en lugar de «Ayudante de Administración», según consta en el procedimiento.
Constatado el error producido, y en aplicación del artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones públicas, procede rectificar el error apreciado en el Decreto 79/2019, de 21 de mayo.
De conformidad con lo previsto en el artículo 18.2.c) del Decreto 217/2008, de 23 de diciembre, del Boletín Oficial del País Vasco, «los errores y omisiones en el texto remitido para su publicación que no se deduzcan claramente del contexto y cuya rectificación pueda suponer una real o aparente modificación del contenido o sentido del documento, se subsanarán mediante disposición del mismo rango».
Por lo expuesto, a propuesta de la Consejera de Gobernanza Pública y Autogobierno, previa deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno, en su sesión celebrada el día 3 de noviembre de 2020,
DISPONGO:
Artículo único.– Rectificar los errores detectados en las páginas 2019/2638 (17/131), 2019/2638 (39/131) y 2019/2638 (40/131) del Anexo II del Decreto 79/2019, de 21 de mayo, conforme al detalle consignado en el anexo al presente Decreto.
DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA.– Recursos.
Contra el presente Decreto que pone fin a la vía administrativa podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el Consejo de Gobierno, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la publicación o recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación.
DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA.– Efectos.
El presente Decreto surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.
Dado en Vitoria-Gasteiz, a 3 de noviembre de 2020.
El Lehendakari,
IÑIGO URKULLU RENTERIA.
La Consejera de Gobernanza Pública y Autogobierno,
OLATZ GARAMENDI LANDA.