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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 219, jueves 5 de noviembre de 2020


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE TURISMO, COMERCIO Y CONSUMO
4697

ORDEN de 3 de noviembre de 2020, del Consejero de Turismo, Comercio y Consumo, de ampliación la Orden de 28 de julio de 2020, por la que se regula y convoca para 2020 el programa «Euskadi Turismo Bono» de estímulo al consumo en establecimientos de los sectores turísticos de restauración y hostelería de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

En fecha 5 de octubre de 2020, se publicó en el Boletín Oficial del País Vasco la Orden de 28 de julio 2020, de la Consejera de Turismo, Comercio y Consumo, por la que se regula y convoca para 2020 el programa «Euskadi Turismo Bono» de estímulo al consumo en establecimientos de los sectores turísticos, de restauración y hostelería de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Esta Orden tenía como objetivo servir de medida al estímulo para el consumo en establecimientos de los sectores turísticos, de restauración y hostelería de la Comunidad Autónoma del País Vasco. Dicho programa se realizó en coordinación con el resto de instituciones vascas en el diseño general de los elementos esenciales del denominado «Euskadi Turismo Bono».

Para el cumplimiento de dicho objetivo es preciso que existan unas condiciones sociales de normalidad en, entre otros aspectos, la movilidad de las personas, los aforos en establecimientos turísticos, los horarios de prestación de servicios de restauración y hostelería o las agrupaciones de personas en las actividades turísticas.

La publicación del Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, por el que se declara el estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por el SARSCoV-2, y su aplicación en la Comunidad Autónoma del País Vasco mediante el Decreto 36/2020, de 26 de octubre, del Lehendakari, por el que se determinan medidas específicas de prevención, en el ámbito de la declaración del estado de alarma, como consecuencia de la evolución de la situación epidemiológica y para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-CoV-2, modifican notablemente esas condiciones de normalidad necesarias para el desarrollo con éxito del programa «Euskadi Turismo Bono».

Las medidas recogidas en ambas normas, en la práctica, se hacen incompatibles con el normal desarrollo de un programa que, precisamente, busca una dinamización de la actividad y la adquisición de bienes, productos y servicios en negocios de los sectores señalados.

En este contexto, las instituciones participantes en el programa, conscientes de la importancia que la correcta ejecución del mismo tiene para estimular el consumo en los establecimientos y empresas de los sectores turísticos, de restauración y hostelería, los más afectados por las consecuencias de la pandemia provocada por el COVID 19, de forma conjunta, han adoptado la decisión de mantener dicho programa ampliando los plazos del mismo para conseguir los objetivos marcados.

Para ello, se pretende modificar el artículo 11 «Procedimiento de adhesión al programa subvencional» en su apartado 1 y el artículo 14, «Vigencia de las ayudas» en su apartado 2, de la Orden de 28 de julio de la Consejera de Turismo, Comercio y Consumo, por la que se regula y convoca, para 2020 el programa «Euskadi Turismo Bono» de estímulo al consumo en establecimientos de los sectores turísticos, de restauración y hostelería de la comunidad autónoma del país vasco.

De acuerdo a la actual estructura de la Administración de la Comunidad Autónoma, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 15.1.a.) del Decreto 18/2020, de 6 de septiembre, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos, las competencias en materia de turismo corresponden al Departamento de Turismo, Comercio y Consumo.

En virtud del artículo 3 del Decreto 81/2017 de 11 de abril por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Turismo, Comercio y Consumo,

RESUELVO:

Primero.– Modificar el artículo 11.1 de la Orden de 28 de julio 2020, de la Consejera de Turismo, Comercio y Consumo, por la que se regula y convoca para 2020 el programa «Euskadi Turismo Bono» de estímulo al consumo en establecimientos de los sectores turísticos, de restauración y hostelería de la Comunidad Autónoma del País Vasco, quedando redactado de la siguiente forma:

«Artículo 11.– Procedimiento de adhesión al programa subvencional.

1.– El plazo para que los establecimientos y empresas puedan adherirse al programa subvencional "Euskadi Turismo Bono" será hasta el 30 de noviembre desde el día siguiente al de la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial del País Vasco.»

Segundo.– Modificar el artículo 14.2 de la Orden de 28 de julio 2020, de la Consejera de Turismo, Comercio y Consumo, por la que se regula y convoca para 2020 el programa "Euskadi Turismo Bono" de estímulo al consumo en establecimientos de los sectores turísticos, de restauración y hostelería de la Comunidad Autónoma del País Vasco, quedando redactado de la siguiente forma:

Artículo 14.– Vigencia de las ayudas.

2.– El presente programa subvencional entrará en vigor a todos los efectos a partir del día siguiente a su publicación y finalizará el 31 de mayo de 2021.»

Tercero.– La presente Orden surtirá efectos desde el día de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

Cuarto.– Contra la presente Orden, que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de reposición, ante el Consejero de Turismo, Comercio y Consumo, en el plazo de un mes, o directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

En Vitoria-Gasteiz, a 3 de noviembre de 2020.

El Consejero de Turismo, Comercio y Consumo,

JAVIER HURTADO DOMÍNGUEZ.


Análisis documental