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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 214, jueves 29 de octubre de 2020


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DEPARTAMENTO DE TURISMO, COMERCIO Y CONSUMO
4557

ANUNCIO por el que se notifica la Resolución de 17 de septiembre de 2020, de la Directora de Kontsumobide-Instituto Vasco de Consumo, por la que se resuelve el expediente sancionador en materia de consumo n.º SAN-20A001-177-2019.

Intentada sin efecto la notificación personal de la referida resolución, se publica el presente anuncio en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

En virtud del mismo se hace saber que el 17 de septiembre de 2020 se ha emitido Resolución del procedimiento sancionador con el n.º SAN-20A001-177-2019 a X6124099C.

Reseña expediente:

Norma infringida: artículo 50.5.a, 50.6 de la Ley 6/2003 de Estatuto de las Personas Consumidoras y Usuarias.

Descripción infracción: la no tenencia o negativa a facilitar las hojas de reclamaciones, incumplimiento de requisitos, obligaciones o prohibiciones establecidos.

Sanción impuesta: 450 euros.

Advertencias legales: contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante el Consejero de Turismo, Comercio y Consumo, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación de la misma.

Asimismo, se le comunica que la sanción deberá hacerse efectiva:

– La notificada entre los días 1 y 15 de cada mes, desde la fecha de notificación hasta el día 5 del mes siguiente o, el inmediato hábil posterior, si aquel no lo fuera.

– La notificada entre los días 16 y último de cada mes, desde la fecha de notificación hasta el día 20 del mes siguiente o, el inmediato hábil posterior, si aquel no lo fuera:

Cuando el plazo de un mes para la interposición de recurso de alzada frente a esta Resolución finalice con posterioridad al citado plazo establecido con carácter general, el plazo de pago se extenderá hasta el día hábil siguiente al de finalización del plazo de interposición del recurso, siempre que no se produzca dicha interposición, todo ello, según lo dispuesto en el artículo 44, apartados 1, 3 y 4 del Decreto 212/1998, de 31 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de Recaudación de la Hacienda General del País Vasco.

El ingreso se realizará, citando el DNI X6124099C y el n.º de expediente (SAN-20A001-177-2019), y señalando que corresponde a Kontsumobide-Instituto Vasco de Consumo, en la Cuenta BBVA (Banco Bilbao Vizcaya Argentaria), n.º: 0182 5685 07 0000226271, Cuenta Central de la Tesorería General del País Vasco.

Lo que se hace público para el conocimiento del interesado reseñado en el Anexo a quien debe servir de notificación.

La presente notificación surtirá efectos a partir del día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

En Vitoria-Gasteiz, a 19 de octubre de 2020.

La Directora de Kontsumobide-Instituto Vasco de Consumo,

MARÍA OLGA SANTAMARÍA NAVARIDAS.

ANEXO
(Véase el .PDF)

Análisis documental