N.º 209, viernes 23 de octubre de 2020
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AUTORIDADES Y PERSONAL
Oposiciones y concursos
DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN
4455
ORDEN de 14 de octubre de 2020, del Consejero de Educación, por la que se anuncia convocatoria pública para la provisión, por el sistema de libre designación, del puesto de Inspector General de la Inspección de Educación.
El Decreto 98/2016, de 28 de junio, de la Inspección de Educación en la Comunidad Autónoma del País Vasco, establece dentro de la estructura organizativa de la Inspección de Educación la Inspección Central, que tiene como función básica la planificación general, la formación y el control de la Inspección, promoviendo para su desarrollo la participación de todos los inspectores e inspectoras. Al mismo tiempo, el Decreto 3/2009, de 13 de enero, por el que se aprueba la Relación de Puestos de Trabajo de la Inspección de Educación de la Comunidad Autónoma del País Vasco, estableció el puesto de trabajo del Inspector General, cuyas funciones figuran en el artículo 11 del Decreto 98/2016, de 28 de junio, de la Inspección de Educación en la Comunidad Autónoma del País Vasco.
Con objeto de proveer el puesto de Inspector General de la Inspección de Educación en el Departamento de Educación, se acuerda anunciar la convocatoria para la provisión, por el sistema de libre designación, conforme al artículo 47 y 48 de la Ley 6/1989, de 6 de julio de la Función Pública Vasca, del puesto de trabajo que se relaciona en el anexo de la presente Orden, con arreglo a las siguientes
BASES
Primera.– El puesto de trabajo que se convoca a través de la presente Orden podrá ser solicitado por los funcionarios de carrera que reúnan los requisitos exigidos para el desempeño de los mismos establecidos en el anexo a la presente Orden.
Segunda.– Los/as interesados/as dirigirán sus solicitudes, en las que harán constar sus datos personales y destino actual, a la Dirección de Gestión de Personal del Departamento de Educación dentro del plazo de 15 días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial del País Vasco.
Tercera.– Los aspirantes deberán acompañar a su escrito un curriculum vitae en el que harán constar:
a) Títulos académicos.
b) Puestos de trabajo desempeñados en la Administración Pública.
c) Estudios y cursos realizados, conocimientos de idiomas y cuantos otros méritos estime el aspirante oportuno manifestar.
A la citada solicitud deberán los aspirantes adjuntar, además, la documentación justificativa de los requisitos exigidos y de los méritos alegados.
Asimismo, podrán acompañar, en todo caso, cuantas publicaciones, informes o cualesquiera otros documentos estimen oportunos.
Cuarta.– La resolución de la presente convocatoria se llevará a cabo mediante Orden del Consejero de Educación, publicada en el Boletín Oficial del País Vasco, en el plazo máximo de un mes a contar desde el día siguiente al de la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
Quinta.– La presente Orden entrará en vigor el día de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.
Contra la presente Orden podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante la Consejera de Educación, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco o recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.
En Vitoria-Gasteiz, a 14 de octubre de 2020.
El Consejero de Educación,
JOKIN BILDARRATZ SORRON.
ANEXO
Puesto de trabajo convocado:
– Denominación: Inspector/a General (dot. 1)
– Localización: Inspección Central.
– Localización de destino: Vitoria-Gasteiz.
– Grupo de titulación: Grupo A.
– Cuerpo: Inspectores e Inspectoras de Educación de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
– Perfil lingüístico: 2 vencido.
– Complemento específico anual: 16.603,02 euros.
– Requisitos para su provisión:
– Ser funcionario/a de carrera del Cuerpo de Inspectores e Inspectoras de Educación de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
– Hallarse en situación de servicio activo, servicios especiales o excedencia por cuidado de hijos o de familiares.
– Asimismo, podrán concurrir, reingresando al servicio activo a través de este procedimiento, los funcionarios/as de carrera pertenecientes a los cuerpos antes citados, que se encuentren en situación de excedencia forzosa, en servicio en otras Administraciones Públicas y los suspensos y excedentes voluntarios, siempre que hubieren cumplido el tiempo de permanencia establecido para tales situaciones.