N.º 183, miércoles 16 de septiembre de 2020
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DEPARTAMENTO DE TRABAJO Y EMPLEO
3692
ANUNCIO por el que se notifica la Resolución de 24 de agosto de 2020, de la Directora de Trabajo y Seguridad Social, en el recurso número 20.0061.48.02.01.03 (SH-352/19).
Intentada sin efecto la notificación personal de la referida resolución, se publica el presente anuncio en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
El expediente señalado ha concluido mediante resolución de la Directora de Trabajo y Seguridad Social, por la que se acuerda desestimar el recurso de alzada interpuesto por la empresa Bizkaina de Trabajos de Konstruccion, S.L. y, por lo tanto, confirmar la resolución de 16 de junio de 2020 de la Delegación Territorial de Trabajo y Seguridad Social de Bizkaia del Departamento de Trabajo y Justicia, por la que se impone a la empresa Servicios de Ingeniería Técnica Ides, S.L. la sanción de 10.000 euros, por la comisión de una infracción grave del artículo 12.16.f) del texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto, y se hace responsable solidaria a la empresa Bizkaina de Trabajos de Konstruccion, S.L.
Se advierte a la empresa Servicios de Ingeniería Técnica Ides, S.L. que la citada resolución pone fin a la vía administrativa y que podrá impugnarse ante el juzgado de lo social correspondiente, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación en el BOE del presente anuncio.
Igualmente, se le informa de que, con independencia de la impugnación o no de la resolución, la empresa Servicios de Ingeniería Técnica Ides, S.L. o la empresa Bizkaina de Trabajos de Konstruccion, S.L. deberán proceder al abono de la sanción impuesta a través de la pasarela de pagos del Gobierno Vasco, en la siguiente dirección de Internet: http://www.euskadi.net/mipago. La fecha límite de pago es el 07-11-2020 y los datos necesarios para proceder al pago son los siguientes:
– Código Procedimiento Recaudación (CPR): 9050794.
– Entidad emisora: 04833001-522.
– Referencia: 4819035200478.
– Identificación: 071120.
– Importe: 10.000 euros.
Si no lo hicieran así, se instará el acto administrativo ejecutivo de apremio para el cobro de la sanción, y se devengarán de inmediato el correspondiente recargo de apremio e intereses de demora, con aplicación del procedimiento establecido en el Decreto 212/1998, de 31 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de Recaudación de la Hacienda General del País Vasco.
Lo que se hace público para el conocimiento de los interesados reseñados en el anexo, a quienes debe servir de notificación.
La presente notificación surtirá efectos a partir del día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
Vitoria-Gasteiz, a 8 de septiembre de 2020.
La Directora de Trabajo y Seguridad Social,
MARÍA ELENA PÉREZ BARREDO.