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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 161, martes 18 de agosto de 2020


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DEPARTAMENTO DE EMPLEO Y POLÍTICAS SOCIALES
3320

ANUNCIO de 21 de julio de 2020, del Director General de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo, por el que se notifica el requerimiento de subsanación (Convocatoria Formación con compromiso de contratación 2019).

Con fecha 10 de julio de 2020, el Director de Formación Profesional para el Empleo de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo ha emitido un requerimiento de subsanación (enviado vía Burofax) de la subvención con número de expediente 2019/SUBAF/000138 (acción 19481037), concedida mediante Resolución del Director General de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo de fecha 13 de diciembre de 2019 de la convocatoria para el año 2019, de las subvenciones para la realización de acciones formativas con compromiso de contratación dirigidas a trabajadores y trabajadoras desempleadas, en el marco del Decreto 82/2016, de 31 de mayo, por el que se ordena la Formación Profesional para el Empleo en Euskadi publicada mediante Resolución de 23 de mayo del 2019, del Director General de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo (BOPV 31 de mayo de 2019).

Intentada sin efecto la notificación personal (vía Burofax) del requerimiento, se publica el presente anuncio en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Se notifica el presente requerimiento de subsanación a la parte interesada haciéndole saber que dispone de un plazo de 10 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial del Estado, para presentar lo requerido ante la Dirección de Formación para el Empleo y Garantía de Ingresos de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo, sita en la calle José Atxotegi, n.º 1, 01009 Vitoria-Gasteiz, a través de cualquiera de los medios previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, advirtiéndose que, de no hacerlo, se iniciará el correspondiente procedimiento de reintegro, y que en caso de finalmente estimar la existencia de incumplimiento, podrá determinar la obligación de reintegrar las cantidades percibidas, con la consiguiente suspensión definitiva de la acción formativa.

A tal fin, se hace saber a la persona interesada que el texto íntegro del requerimiento de subsanación del expediente 2019/SUBAF/000138 (acción 19481037), se encuentra a su disposición en los Servicios Centrales de Lanbide, sitos en la calle José Atxotegi n.º 1, 01009 de Vitoria-Gasteiz.

Lo que se hace público para el conocimiento del interesado reseñado en el anexo a quien debe servir de notificación.

La presente notificación surtirá efectos a partir del día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Vitoria-Gasteiz, a 21 de julio de 2020.

El Director General de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo,

JUAN JOSE BORJA BELANDIA FRADEJAS.

(Véase el .PDF)

Análisis documental