N.º 160, lunes 17 de agosto de 2020
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AUTORIDADES Y PERSONAL
Oposiciones y concursos
DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN
3298
ORDEN de 29 de julio de 2020, de la Consejera de Educación, sobre plazos y referencias temporales en los procedimientos selectivos de ingreso y acceso al Cuerpo de Profesores y Profesoras de Enseñanza Secundaria, de ingreso al Cuerpo de Profesores Técnicos y Profesoras Técnicas de Formación Profesional y procedimiento de adquisición de nuevas especialidades por el personal funcionario de los citados Cuerpos de la Comunidad Autónoma del País Vasco, convocados por Orden de 18 de febrero de 2020.
Mediante Orden de 18 de febrero de 2020 de la Consejera de Educación, se convocaron procedimientos selectivos de ingreso y acceso al Cuerpo de Profesores y Profesoras de Enseñanza Secundaria, de ingreso al Cuerpo de Profesores Técnicos y Profesoras Técnicas de Formación Profesional y procedimiento de adquisición de nuevas especialidades (BOPV de 27 de febrero).
Dicha convocatoria fija plazos y establece referencias temporales con incidencia estructural en el desarrollo de los procedimientos convocados.
El Real Decreto 463/2020 de 14 de marzo declaró el estado de alarma, para hacer frente a la situación de emergencia sanitaria provocada por el coronavirus COVID-19 y su disposición adicional tercera, relativa a los plazos en los procedimientos del sector público, suspendió los términos e interrumpió el cómputo de los plazos.
Dicha disposición adicional ha impedido aplicar plazos y referencias temporales previstas en la convocatoria, en la medida en que deja sin efecto el cómputo de los plazos y la aplicación de las referencias temporales cuyo cumplimiento se produce durante su vigencia. Así mismo, la pérdida de efectos ha de extenderse, aun cuando no se cumplan durante la vigencia de esta disposición, a los plazos y referencias temporales contemplados en la convocatoria que responden a una programación de trámites y fases ordenados de forma sucesiva, de forma que, la suspensión de un término o la interrupción del cómputo de un plazo que conlleva su prórroga o aplazamiento obliga a la reprogramación de los sucesivos trámites y fases del procedimiento.
El artículo 9 del Real Decreto 537/2020, de 22 de mayo, por el que se prorroga el estado de alarma declarado por el citado Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, dispone que, con efectos desde el 1 de junio de 2020, el cómputo de los plazos administrativos que hubieran sido suspendidos se reanudará, o se reiniciará, si así se hubiera previsto en una norma con rango de ley aprobada durante la vigencia del estado de alarma y sus prórrogas. Por tanto, se reanudó a partir del 1 de junio de 2020 el cómputo del plazo para la presentación de solicitudes y para presentación de documentación en los supuestos previstos en la base 3.3.1.a), 3.3.1.b) y 3.3.1.c) de la convocatoria.
Por todo ello,
RESUELVO:
Primero.– Dar publicidad a los nuevos plazos y referencias temporales que han de sustituir a las referidas en la convocatoria.
A fin de adecuar la sucesión ordenada de los trámites y fases de los procedimientos selectivos de ingreso y acceso al Cuerpo de Profesores y Profesoras de Enseñanza Secundaria, de ingreso al Cuerpo de Profesores Técnicos y Profesoras Técnicas de Formación Profesional y de procedimiento de adquisición de nuevas especialidades, realizada por Orden de 18 de febrero de 2020 de la Consejera de Educación, a la situación provocada por la suspensión de plazos (Disposición Adicional Tercera, apartado 1, del Real Decreto 463/2020 de 14 de marzo), habida cuenta los plazos cuyo cómputo ha quedado suspendido así como las referencias temporales contempladas en dicha convocatoria que han quedado sin efecto, los nuevos plazos y referencias temporales de aplicación a la convocatoria son:
a) El plazo para la aportación de títulos o certificados de euskera, referido en el apartado 2 de la base 2.6.2, pasa a ser el siguiente:
«2.– Para los casos en que deba aportarse el título o certificado, el Director de Gestión de Personal abrirá un plazo de presentación, dentro del mes de octubre de 2020, del que se informará en las direcciones de Internet http://www.euskadi.eus/gobierno-vasco/personal-educacion/ ("OPE2020. Enseñanza Secundaria y Formación Profesional") y http://www.irakasle.eus (introduciendo "Usuario" y "Contraseña").»
b) La fecha de sorteo para la designación de vocales de los tribunales que se fija en el párrafo quinto de la base 5.2.2, pasa a ser la siguiente:
«El sorteo se celebrará el 5 de octubre de 2020, a las 10:00 horas, en la Sala n.º 3 del Edificio Lakua-2 (acceso por c/ Donostia-San Sebastián n.º 1, Vitoria-Gasteiz).»
c) Las referencias temporales para las causas de exención de la participación en el sorteo para ser designado vocal de tribunal, contempladas en las letras c), e) y f) de la base 5.2.2, pasan a ser las siguientes:
«c) Desempeño de cargos de Director, Jefe de Estudios y Secretario en el curso escolar 2020-2021.
e) Permiso parcialmente retribuido durante el curso 2020-2021.
f) Permiso de reducción de jornada de trabajo hasta el 30 de junio de 2021.»
d) El plazo para la entrega de la programación didáctica fijado en la base 7.3.1, párrafo primero, pasa a ser el siguiente:
«Del 30 de septiembre al 9 de octubre de 2020, las personas aspirantes admitidas en el procedimiento selectivo, según lo previsto en la base 4 de la presente Orden, así como las excluidas que hayan interpuesto recurso de alzada pendiente de resolución deberán entregar la programación didáctica.»
e) Las referencias temporales de comienzo de la fase de oposición y para el señalamiento de las sedes de los tribunales, lugar y fecha de realización de las pruebas, contempladas en la base 7.3.2, párrafo primero, pasan a ser las siguientes:
«Siempre y cuando las circunstancias sanitarias lo permitan, la fase de oposición dará comienzo a partir del mes de diciembre de 2020. Durante la segunda quincena del mes de noviembre, mediante Resolución del Director de Gestión de Personal se precisarán las sedes de los tribunales y los lugares y fechas de realización de las pruebas.»
f) El plazo para la presentación de la documentación justificativa de los méritos, fijado en la base 8.1, párrafo segundo, pasa a ser el siguiente:
«Durante el primer trimestre del año 2021, se abrirá un plazo de ocho días hábiles (la fecha concreta se anunciará con la debida antelación), para que las personas aspirantes admitidas en el procedimiento selectivo, según lo previsto en la base 4 de la presente Orden, así como las excluidas que hayan interpuesto recurso de alzada pendiente de resolución presenten la documentación justificativa de los méritos indicados en los anexos I y II, de conformidad con lo previsto en la presente base y en los citados anexos.»
g) La referencia temporal para la publicación de los listados provisionales de puntuaciones obtenidas en fase de concurso, fijada en la base 8.7.1, párrafo segundo, pasa a ser la siguiente:
«La lista provisional de las puntuaciones obtenidas en los apartados mencionados por las personas aspirantes de todas las especialidades se hará pública una vez publicadas las listas definitivas de las calificaciones de la primera prueba de la fase de oposición. La fecha concreta de publicación se anunciará previamente en las páginas web del Departamento de Educación http://www.irakasle.eus y http://www.euskadi.eus/gobierno-vasco/personal-educacion/ ».
h) La referencia temporal para la publicación de los listados provisionales de puntuaciones obtenidas en fase de concurso, fijada en la base 8.7.2, párrafo segundo, pasa a ser la siguiente:
«Las listas provisionales de las puntuaciones obtenidas en los apartados mencionados por las personas aspirantes de cada especialidad se publicarán por la Comisión baremadora correspondiente, una vez publicadas las listas definitivas de las calificaciones de la primera prueba de la fase de oposición, dependiendo la fecha concreta de publicación en cada especialidad, del número de opositores a baremar y, en consecuencia, de la fecha de finalización de los trabajos de baremación.»
i) La fecha término para la renuncia de los derechos derivados del procedimiento selectivo, señalada en la base 10.3.3, pasa a ser la siguiente:
«– Por renuncias a los derechos derivados del procedimiento selectivo presentadas ante el Director de Gestión de Personal antes del 30 de junio de 2021.»
j) La referencia temporal para el inicio de la fase de prácticas, fijada en el último párrafo de la base 13.1, pasa a ser la siguiente:
«Esta fase comenzará con el inicio del curso escolar 2021-2022.»
Segundo.– Supresión de efectos de la Orden de 30 de marzo de 2020 de la Consejera de Educación.
Queda sin efecto la Orden de 30 de marzo de 2020 de la Consejera de Educación por la que se aplaza la celebración del sorteo para la elección de vocales, publicada en el BOPV de 8 de abril. La determinación de la fecha del sorteo se ajusta a lo establecido en la presente Orden.
Tercero.– Publicación.
Ordenar la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial del País Vasco y en las direcciones de Internet del Departamento de Educación http://www.euskadi.eus/gobierno-vasco/personal-educacion/ («OPE2020. Enseñanza Secundaria y Formación Profesional») y http://www.irakasle.eus (introduciendo «Usuario» y «Contraseña»).
RECURSOS
Contra la presente Orden, se podrá interponer un recurso de reposición ante la Consejera de Educación, en el plazo de un mes, o un recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.
En Vitoria-Gasteiz, a 29 de julio de 2020.
La Consejera de Educación,
CRISTINA URIARTE TOLEDO.