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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 148, miércoles 29 de julio de 2020


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OTRAS DISPOSICIONES

AGENCIA VASCA DE COOPERACIÓN PARA EL DESARROLLO
3050

RESOLUCIÓN de 17 de julio de 2020, del Director de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo, por la que se hace pública la modificación de la Relación de Puestos de Trabajo de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo.

Al amparo de lo previsto en el artículo 3 del Decreto 310/2010, de 23 de noviembre, por el que se regula el inicio de actividades de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo y las condiciones de adscripción de los medios personales y materiales de la Administración General de la Comunidad Autónoma a la misma, su Consejo Rector, en sesión celebrada el día 17 de julio de 2020, ha aprobado una modificación, por incremento de plantilla, de la Relación de Puestos de Trabajo. Para esta modificación se ha tramitado el correspondiente expediente administrativo, habiéndose solicitado y emitido el informe pertinente de la Dirección de Función Pública y la Dirección de Normalización Lingüística de las Administraciones Públicas. Asimismo se ha cumplimentado el trámite de audiencia a la representación sindical.

El acuerdo al que hacemos referencia establece, además, que por la Dirección de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo, deberán adoptarse las medidas oportunas para la materialización de su contenido y la publicación de la modificación a través de una versión consolidada de la Relación de Puestos de Trabajo de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo en el Boletín Oficial del País Vasco.

Por todo ello,

RESUELVO:

Primero.– Hacer público el acuerdo del Consejo Rector de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo por el que se modifica, por incremento de plantilla, la Relación de Puestos de Trabajo de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo, contenidas en el Anexo I de la presente Resolución.

Segundo.– Hacer pública la versión consolidada de la Relación de Puestos de Trabajo de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo, que se contiene en el Anexo II de la presente Resolución.

Tercero.– La modificación de la Relación de Puestos de Trabajo que se publicita entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

Contra el acuerdo del Consejo Rector de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo que se hace público por la presente Resolución, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente de su inserción en el Boletín Oficial del País Vasco, o bien recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo competente en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial del País Vasco.

En Vitoria-Gasteiz, a 17 de julio de 2020.

El Director de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo,

PAUL ORTEGA ETCHEVERRY.

(Véase el .PDF)

Análisis documental