N.º 148, miércoles 29 de julio de 2020
- Otros formatos:
- PDF (283 KB - 2 Pág.)
- EPUB (237 KB)
- Texto bilingüe
El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico
OTRAS DISPOSICIONES
DEPARTAMENTO DE EMPLEO Y POLÍTICAS SOCIALES
3048
RESOLUCIÓN de 23 de julio de 2020, del Director General de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo, de corrección de errores de la Resolución de 2 de julio de 2020, del Director General de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo, por la que se procede a la publicación del Acuerdo de encomienda de gestión entre Lanbide-Servicio Vasco de Empleo y el Departamento de Educación, para la realización de la programación formativa 2020-2023 dirigida a personas trabajadoras desempleadas y ocupadas de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
El artículo 18.2 c) del Decreto 217/2008, de 23 de diciembre, del Boletín Oficial del País Vasco, establece que los errores u omisiones en el texto remitido para su publicación que no se deduzcan claramente del contexto y cuya rectificación pueda suponer una real o aparente modificación del contenido o sentido del documento, se subsanarán mediante disposición del mismo rango.
Advertidos errores de dicha índole en la Resolución de 2 de julio de 2020, del Director General de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo, por la que se procede a la publicación del Acuerdo de encomienda de gestión entre Lanbide-Servicio Vasco de Empleo y el Departamento de Educación, para la realización de la programación formativa 2020-2023 dirigida a personas trabajadoras desempleadas y ocupadas de la Comunidad Autónoma del País Vasco, publicada en el Boletín Oficial del País Vasco n.º 141, de 20 de julio de 2020, se procede a su corrección:
– En la página 2020/2849 (38/55), en el apartado b.2.1 del Anexo III, se corrige el código de una especialidad formativa, de manera que donde dice:
(Véase el .PDF)
Debe decir:
(Véase el .PDF)
– En la página 2020/2849 (38/55), en el apartado b.2.1 del Anexo III, se ha omitido una especialidad formativa, que se añade a continuación en los siguientes términos:
(Véase el .PDF)
– En la página 2020/2849 (42/55), en el apartado b.2.2 del Anexo III, se elimina la siguiente acción formativa, que corresponde al apartado b.2.1, en el que ya se encuentra incluida:
(Véase el .PDF)
En Vitoria-Gasteiz, a 23 de julio de 2020.
El Director General de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo,
JUAN JOSE BORJA BELANDIA FRADEJAS.