N.º 145, viernes 24 de julio de 2020
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OTRAS DISPOSICIONES
DEPARTAMENTO DE TRABAJO Y JUSTICIA
2967
DECRETO 94/2020, de 21 de julio, de modificación de los decretos por los que se aprueban las relaciones de puestos de trabajo de la Administración de Justicia en la Comunidad Autónoma del País Vasco.
Mediante diferentes decretos se han ido aprobando, en el ámbito de la Comunidad Autónoma del País Vasco, las relaciones de puestos de trabajo del personal al servicio de la Administración de Justicia. Así:
Decreto 202/2010, de 20 de julio, por el que se aprobaron las relaciones de puestos de trabajo de la Administración de Justicia en la Comunidad Autónoma del País Vasco.
Decreto 68/2011, de 29 de marzo, por el que se aprobaron las relaciones de puestos de trabajo de las Oficinas Judiciales de Balmaseda, Bergara, Durango, Gernika y Tolosa de la Administración de Justicia en la Comunidad Autónoma del País Vasco.
Decreto 178/2011, de 26 de julio, por el que se aprobaron las relaciones de puestos de trabajo de la Secretaría de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.
Decreto 179/2011, de 26 de julio, por el que se aprobaron las relaciones de puestos de trabajo de los Juzgados de Paz de la Administración de Justicia en la Comunidad Autónoma del País Vasco.
Decreto 237/2012, de 21 de noviembre, por el que se aprobaron las relaciones de puestos de trabajo del Instituto Vasco de Medicina Legal.
Decreto 18/2012, de 14 de febrero, por el que se aprobaron las relaciones de puestos de trabajo de la Oficina Fiscal de la Administración de Justicia en la Comunidad Autónoma del País Vasco.
Decreto 224/2012, de 23 de octubre, por el que se aprobaron las relaciones de puestos de trabajo de la Administración de Justicia en la Comunidad Autónoma de Euskadi, correspondientes al partido judicial de Vitoria-Gasteiz.
Decreto 16/2015, de 17 de febrero, por el que se aprobaron las relaciones de puestos de trabajo de la Administración de Justicia en la Comunidad Autónoma de Euskadi, correspondientes a la Oficina Judicial de Barakaldo.
Decreto 29/2018, de 27 de febrero, por el que se aprobaron las relaciones de puestos de trabajo de la Administración de Justicia en la Comunidad Autónoma de Euskadi, correspondientes a la Oficina Judicial de San Sebastián y a la Audiencia Provincial de Gipuzkoa.
Las relaciones de puestos de trabajo se configuran como un instrumento de ordenación de las estructuras internas de la Administración de Justicia, por lo que se debe proceder a la incorporación periódica de aquellas modificaciones que, tramitadas conforme a los procedimientos vigentes, han sido favorablemente resueltas, todo ello a efectos de dar cumplimiento a lo previsto en los artículos 521, 522 y 523 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.
Dado que las actuales relaciones de puestos de trabajo contemplan diversos puestos de trabajo con el requisito de perfil lingüístico a enero de 2020, lo que conlleva que a dicha fecha los mismos se van a convertir en puestos de trabajo singularizados, cuya forma de provisión será el concurso específico, el presente Decreto viene a reflejar la nueva situación de dichos puestos en las relaciones de puestos de trabajo.
En su virtud, a propuesta de la Consejera de Trabajo y Justicia, y previa deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno en su sesión celebrada el día 21 de julio de 2020,
DISPONGO:
Artículo único.– Aprobar las modificaciones de las relaciones de puestos de trabajo que se contienen en el anexo al presente Decreto, aprobadas mediante los siguientes Decretos:
Decreto 202/2010, de 20 de julio, por el que se aprobaron las relaciones de puestos de trabajo de la Administración de Justicia en la Comunidad Autónoma del País Vasco.
Decreto 68/2011, de 29 de marzo, por el que se aprobaron las relaciones de puestos de trabajo de las Oficinas Judiciales de Balmaseda, Bergara, Durango, Gernika y Tolosa de la Administración de Justicia en la Comunidad Autónoma del País Vasco.
Decreto 178/2011, de 26 de julio, por el que se aprobaron las relaciones de puestos de trabajo de la Secretaría de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.
Decreto 179/2011, de 26 de julio, por el que se aprobaron las relaciones de puestos de trabajo de los Juzgados de Paz de la Administración de Justicia en la Comunidad Autónoma del País Vasco.
Decreto 237/2012, de 21 de noviembre, por el que se aprobaron las relaciones de puestos de trabajo del Instituto Vasco de Medicina Legal.
Decreto 18/2012, de 14 de febrero, por el que se aprobaron las relaciones de puestos de trabajo de la Oficina Fiscal de la Administración de Justicia en la Comunidad Autónoma del País Vasco.
Decreto 224/2012, de 23 de octubre, por el que se aprobaron las relaciones de puestos de trabajo de la Administración de Justicia en la Comunidad Autónoma de Euskadi, correspondientes al partido judicial de Vitoria-Gasteiz.
Decreto 16/2015, de 17 de febrero, por el que se aprobaron las relaciones de puestos de trabajo de la Administración de Justicia en la Comunidad Autónoma de Euskadi, correspondientes a la Oficina Judicial de Barakaldo.
Decreto 29/2018, de 27 de febrero, por el que se aprobaron las relaciones de puestos de trabajo de la Administración de Justicia en la Comunidad Autónoma de Euskadi, correspondientes a la Oficina Judicial de San Sebastián y a la Audiencia Provincial de Gipuzkoa.
DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA
Contra el presente Decreto que pone fin a la vía administrativa podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el Consejo de Gobierno, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a aquél en que tenga lugar la publicación o recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación.
DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA
El presente Decreto entrará en vigor a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.
Dado en Vitoria-Gasteiz, a 21 de julio de 2020.
El Lehendakari,
IÑIGO URKULLU RENTERIA.
La Consejera de Trabajo y Justicia,
MARÍA JESÚS CARMEN SAN JOSÉ LÓPEZ.