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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 142, martes 21 de julio de 2020


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OTRAS DISPOSICIONES

LEHENDAKARITZA
2877

RESOLUCIÓN de 10 de julio de 2020, de la Secretaria General de Acción Exterior, por la que se modifica el destino de una beca de formación adjudicada por Resolución de 18 de octubre de 2019.

Por Resolución de 18 de octubre de 2019, de la Secretaria General de Acción Exterior, se adjudicaron las becas de formación de jóvenes en el área de Acción Exterior, para 2019 reguladas en el Decreto 12/2019, de 29 de enero, por el que se regulan becas de formación de jóvenes en el área de Acción Exterior.

En el resuelvo segundo de dicha Resolución, que a su vez alude al Anexo II, consta que Gorka Sarnago Barea resultó beneficiario de una beca de especialización, en el ámbito de Relaciones Exteriores, con destino Bogotá, en la Oficina dependiente de la Delegación de Euskadi en Chile, Perú y Colombia.

Sin embargo, la pandemia internacional originada por el coronavirus COVID-19 y el confinamiento impuesto en la República de Colombia impiden que Gorka Sarnago Barea pueda continuar la formación objeto de la beca en el destino adjudicado. En Euskadi la situación sanitaria es notablemente mejor, pudiéndose, en este momento, desarrollar la formación en el ámbito de las Relaciones Exteriores en la sede de la Secretaría General de Acción Exterior de Vitoria-Gasteiz.

La Comisión de Selección ha evaluado la solicitud de modificación del destino de la beca de formación de Gorka Sarnago Barea, con las adecuaciones económicas derivadas del cambio de destino. Teniendo en cuenta que no existe perjuicio alguno puesto que las becas convocadas en la modalidad de Relaciones Exteriores con destino Vitoria-Gasteiz no fueron cubiertas por carecer de candidaturas, la mencionada modificación del destino por el tiempo que resta para la finalización del periodo formativo, permite el cumplimiento del objeto de la beca adjudicada.

A la vista de todo lo cual,

RESUELVO:

Primero.– Modificar el destino de la beca de Gorka Sarnago Barea determinado en el Anexo II de la Resolución de 18 de octubre de 2019 (BOPV n.º 206, de 29 de octubre de 2019), por el tiempo que reste de formación y con los efectos económicos que dicho cambio de destino supone, a la sede de la Secretaría General de Acción Exterior, en Vitoria-Gasteiz.

Segundo.– La presente Resolución surtirá efectos el 7 de julio de 2020.

Tercero.– Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, podrán las personas interesadas interponer recurso potestativo de reposición ante la Secretaria General de Acción Exterior, en el plazo de un mes a partir del día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco, o recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a su publicación en el mismo Diario Oficial.

En Vitoria-Gasteiz, a 10 de julio de 2020.

La Secretaria General de Acción Exterior,

MARÍA ÁNGELES ELORZA ZUBIRÍA.


Análisis documental