N.º 141, lunes 20 de julio de 2020
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OTRAS DISPOSICIONES
DEPARTAMENTO DE GOBERNANZA PÚBLICA Y AUTOGOBIERNO
2844
RESOLUCIÓN de 15 de mayo de 2020, del Viceconsejero de Régimen Jurídico, por la que se dispone la publicación del Acuerdo de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración del Estado-Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco, en relación con la Ley 10/2019, de 27 de junio, de ordenación territorial de grandes establecimientos comerciales.
Adoptado el Acuerdo previsto en el artículo 33.2 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, y de conformidad con lo establecido en su letra c),
RESUELVO:
Artículo único.– Publicar en el Boletín Oficial del País Vasco el Acuerdo de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración del Estado-Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco en relación con la Ley 10/2019, de 27 de junio, de ordenación territorial de grandes establecimientos comerciales, que se anexa a la presente Resolución.
En Vitoria-Gasteiz, a 15 de mayo de 2020.
El Viceconsejero de Régimen Jurídico,
SABINO TORRE DÍEZ.
ANEXO
COMISIÓN BILATERAL DE COOPERACIÓN ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO-ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PAÍS VASCO
ACUERDO de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración del Estado-Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco en relación con la Ley 10/2019, de 27 de junio, de ordenación territorial de grandes establecimientos comerciales.
La Comisión Bilateral de Cooperación Administración del Estado-Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco, ha adoptado el siguiente Acuerdo:
1.– De conformidad con las negociaciones previas mantenidas por el Grupo de Trabajo constituido en cumplimiento de lo previsto en el Acuerdo de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco, de 16 de septiembre de 2019, para el estudio y propuesta de solución de las discrepancias competenciales manifestadas en relación con los artículos 1, 2, 3, 6, 7 y 8 y la Disposición Adicional Única de la Ley de la Comunidad Autónoma del País Vasco 10/2019, de 27 de junio, de ordenación territorial de grandes establecimientos comerciales, ambas partes consideran solventadas las mismas en los siguientes términos:
A) En relación a la controversia suscitada en torno a los artículos 1, 2 y 3 de la Ley de referencia, ambas partes coinciden en interpretar que los mismos se dictan en virtud de las competencias autonómicas en materia de ordenación del territorio y urbanismo, sin perjuicio de las especialidades que asisten a las infraestructuras de interés general de acuerdo con su normativa específica y con lo establecido en la jurisprudencia del Tribunal Constitucional.
B) Por lo que se refiere a la controversia suscitada sobre el apartado 3 del artículo 3, y los artículos 6 a 8 y la disposición adicional única de la Ley de referencia, la Comunidad Autónoma del País Vasco impulsará, en el plazo de un año desde la firma del presente acuerdo, un desarrollo normativo que garantice el cumplimiento de la normativa de la Unión Europea así como de la normativa básica, y procederá a notificar tal adaptación a la Comisión Europea en los términos previstos en los artículos 15.7 y 39.5 de la Directiva de Servicios.
2.– Comunicar este Acuerdo al Tribunal Constitucional por cualquiera de los órganos mencionados en el artículo 33.2 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, a los efectos que en el propio precepto se contemplan, así como insertar el presente Acuerdo en el Boletín Oficial del Estado y en el Boletín Oficial del País Vasco.
En Madrid, a 11 de mayo de 2020.
La Ministra de Política Territorial y Función Pública,
CAROLINA DARIAS SAN SEBASTIÁN.
El Consejero de Gobernanza Pública y Autogobierno,
JOSU IÑAKI ERKOREKA GERVASIO.