N.º 140, viernes 17 de julio de 2020
- Otros formatos:
- PDF (278 KB - 2 Pág.)
- EPUB (223 KB)
- Texto bilingüe
El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico
OTRAS DISPOSICIONES
DEPARTAMENTO DE DESARROLLO ECONÓMICO E INFRAESTRUCTURAS
2817
ORDEN de 14 de mayo de 2020, de la Consejera de Desarrollo Económico e Infraestructuras, por la que se autoriza la renuncia total voluntaria del permiso de investigación de hidrocarburos denominado «Saia», situado en la Comunidad Autónoma del País Vasco, solicitada por la mercantil Sociedad de Hidrocarburos de Euskadi (SHESA).
ANTECEDENTES
Primero.– Por Decreto 269/2012, de 4 de diciembre, se otorga a la mercantil Sociedad de Hidrocarburos de Euskadi, S.A. (SHESA) el permiso de investigación de hidrocarburos denominado «Saia», de 49.752 hectáreas situado en la Comunidad Autónoma del País Vasco. Dicho otorgamiento fue concedido por un periodo de 6 años.
Segundo.– Por Orden de 3 de octubre de 2018, la Consejera de Desarrollo Económico e Infraestructuras, autoriza a solicitud del titular la renuncia parcial del citado permiso de investigación de hidrocarburos, reteniendo SHESA una superficie de 5.721,48 hectáreas.
Tercero.– Por Orden de 20 de diciembre de 2018, la Consejera de Desarrollo Económico e Infraestructuras, otorga a petición del titular la primera prórroga del permiso de investigación de hidrocarburos por un periodo de tres años.
Cuarto.– Por escrito de fecha de entrada 21 de enero de 2020, la Sociedad de Hidrocarburos de Euskadi, S.A. (SHESA), solicita la renuncia total voluntaria del citado permiso de investigación, adjuntando la oportuna documentación y solicitando la extinción del mismo a todos los efectos al finalizar el primer año de vigencia de la prórroga el 31 de enero de 2020.
Quinto.– En su escrito de solicitud el titular del derecho justifica técnicamente los motivos de la renuncia, procediéndose, de acuerdo con el artículo 34 de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos, el artículo 73.1.9.a) del Reglamento de la Ley sobre Investigación y Explotación de Hidrocarburos, aprobado por Real Decreto 2362/1976, de 30 de julio y el Decreto 269/2012, de 4 de diciembre, al ajuste de los compromisos económicos conforme a lo establecido en el mismo.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero.– La Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos, en su artículo 15, regula el otorgamiento de los permisos de investigación de hidrocarburos. En su artículo 3.3.c) establece la competencia de las Comunidades Autónomas para otorgar los permisos de investigación de hidrocarburos cuando afecten a su ámbito territorial, y en el artículo 18.2 se dispone que la resolución sobre el otorgamiento del permiso de investigación se adoptará por real decreto o en la forma que cada Comunidad Autónoma establezca para los correspondientes a su ámbito territorial.
Segundo.– La Consejera de Desarrollo Económico e Infraestructuras, de conformidad con el Decreto 74/2017, de 11 de abril, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Desarrollo Económico e Infraestructuras, tiene atribuidas entre otras, a través de la Dirección de Energía, Minas y Administración Industrial las competencias relativas a permisos de investigación en materia de hidrocarburos.
Tercero.– El artículo 73 del Reglamento de la Ley sobre Investigación y explotación de Hidrocarburos aprobado por el Real Decreto 2362/1976, de 30 de julio, regula el régimen de renuncias de los permisos de investigación de hidrocarburos, y en el punto 1.9.d) establece la competencia para el ámbito de la Comunidad Autónoma, de la Consejería de Desarrollo Económico e Infraestructuras, a propuesta del titular de la Dirección de Energía, Minas y Administración Industrial.
Cuarto.– Examinada la solicitud y ajustados los compromisos económicos, y de acuerdo con el artículo 34 de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos, el artículo 73 del Reglamento de la Ley sobre Investigación y Explotación de Hidrocarburos, aprobado por Real Decreto 2362/1976, de 30 de julio y el Decreto 269/2012, de 4 de diciembre, por el que se otorga el permiso de investigación de hidrocarburos denominado «Saia», a propuesta de la Dirección de Energía, Minas y Administración Industrial de este Departamento,
RESUELVO:
Primero.– Autorizar la renuncia total voluntaria propuesta por la Sociedad de Hidrocarburos de Euskadi, S.A. (SHESA), del permiso de investigación de hidrocarburos denominado «SAIA», situado en la Comunidad Autónoma del País Vasco, otorgado mediante el Decreto 269/2012, de 4 de diciembre, al cumplirse los requisitos exigidos en el Reglamento de la Ley sobre Investigación y Explotación de Hidrocarburos, aprobado por Real Decreto 2362/1976, de 30 de julio, en caso de renuncia total.
Segundo.– Autorizar el ajuste de los nuevos compromisos económicos en relación con el depósito a que se refiere el artículo 73.1.6 del Reglamento de la Ley sobre Investigación y Explotación de Hidrocarburos, aprobado por Real Decreto 2362/1976, de 30 de julio y proceder en su caso a la devolución de las garantías.
Tercero.– Publicar la presente en el Boletín Oficial del País Vasco y comunicar al interesado y al Ministerio competente a los efectos de lo dispuesto en el artículo 77 del Reglamento de la Ley sobre Investigación y Explotación de Hidrocarburos, aprobado por Real Decreto 2362/1976, de 30 de julio, que establece que las áreas extinguidas de los permisos revierten al Estado y adquirirán la condición de francas y registrables a los seis meses de la publicación de esta Orden en el Boletín Oficial del País Vasco, si no hubiera ejercido antes la facultad que le confiere el apartado 1 del artículo 4 del Reglamento vigente, de asumir su investigación por sí mismo o sacar su adjudicación a concurso.
En Vitoria-Gasteiz, a 14 de mayo de 2020.
La Consejera de Desarrollo Económico e Infraestructuras,
MARÍA ARANZAZU TAPIA OTAEGUI.