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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 137, martes 14 de julio de 2020


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN
2749

ORDEN de 7 de julio de 2020, de la Consejera de Educación, por la que se autoriza la modificación de las instalaciones de la Escuela de Música Pública «Andres Isasi» de Getxo (Bizkaia).

Examinada la solicitud presentada por la Escuela de Música Pública «Andres Isasi» del municipio de Getxo (Bizkaia), de autorización para la ampliación de las instalaciones del centro.

Resultando que el citado expediente ha sido tramitado de conformidad con el procedimiento establecido, que se ha unido al mismo la documentación exigida por la normativa vigente y que ha sido informado por los organismos competentes en la materia.

Visto el Decreto 289/1992, de 27 de octubre (BOPV de 4 de enero de 1993), por el que se regulan las normas básicas por las que se regirán la creación y funcionamiento de los centros de enseñanza musical específica, no reglada, Escuelas de Música, en la Comunidad Autónoma de Euskadi, y demás legislación aplicable en la materia,

RESUELVO:

Artículo 1.– Se autoriza, a partir del curso escolar 2020-2021, al centro docente que se describe a continuación, la ampliación de sus instalaciones para impartir enseñanzas en el complejo cultural Muxikebarri de Algorta (Avenida de Basagoiti, 77) del municipio de Getxo.

N.º de código: 48010696 y 014992.

Denominación genérica: Escuela de Música Pública.

Denominación específica: «Andres Isasi».

Titular: Organismo Autónomo Local Conservatorio de Getxo del Ayuntamiento de Getxo.

Domicilio: calle Las Mercedes, 6 – Avenida de Basagoiti, 77.

Municipio: Getxo.

Territorio Histórico: Bizkaia.

Artículo 2.– El centro deberá cumplir el Código Técnico de la Edificación, aprobado por el Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, así como las condiciones higiénicas, sanitarias, acústicas, de habitabilidad, de seguridad y de accesibilidad que se señalen en la legislación vigente. La responsabilidad por el incumplimiento de dichas condiciones corresponde al titular del centro.

DISPOSICIÓN FINAL

Contra la presente Orden podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante la Consejera de Educación, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco, o recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

En Vitoria-Gasteiz, a 7 de julio de 2020.

La Consejera de Educación,

CRISTINA URIARTE TOLEDO.


Análisis documental