N.º 134, jueves 9 de julio de 2020
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OTRAS DISPOSICIONES
DEPARTAMENTO DE TRABAJO Y JUSTICIA
2701
RESOLUCIÓN de 30 de junio de 2020, de la Directora de la Administración de Justicia, por la que se procede a la apertura de las bolsas de trabajo para la cobertura de necesidades temporales de personal al servicio de la Administración de Justicia en la Comunidad Autónoma del País Vasco.
La Orden de 16 de septiembre de 2010, de la Consejera de Justicia y Administración Pública, sobre selección, propuesta y nombramiento de personal funcionario interino para cubrir puestos de trabajo de los Cuerpos de Médicos Forenses, Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial, prevé, en su artículo 2.4.b), la apertura de las bolsas para la inclusión en la bolsa primera de los que hayan superado alguna de las pruebas de la última oposición y no hayan obtenido plaza, y en la bolsa segunda a los que se hubieran presentado y suspendido el primer examen de las oposiciones convocadas y finalizadas durante ese año, para el acceso al Cuerpo en el que solicita la inclusión.
En base a la citada Orden de 16 de septiembre de 2010, de la Consejera de Justicia y Administración Pública, esta Dirección de la Administración de Justicia ha resuelto la apertura de las bolsas de trabajo creadas para cubrir puestos de trabajo de los Cuerpos de funcionarios al servicio de la Administración de Justicia, ajustándose a las siguientes bases:
1.– Objeto de la convocatoria.
1.1.– La presente convocatoria tiene como objeto la apertura de las bolsas de trabajo para la cobertura de necesidades temporales de personal de los Cuerpos al servicio de la Administración de Justicia en la Comunidad Autónoma de Euskadi.
1.2.– Se procederá a la apertura de las bolsas de trabajo de los siguientes Cuerpos de funcionarios de la Administración de Justicia: Médicos Forenses, Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial.
2.– Quienes podrán tomar parte en la presente convocatoria.
Podrán solicitar la admisión en las bolsas de trabajo, aquellas personas que habiendo participado en las últimas pruebas selectivas finalizadas, que se convocaron para el ingreso en alguno de los Cuerpos citados en el punto anterior, cumplan alguno de los siguientes requisitos:
● hubieran superado alguno de los ejercicios y no hubiesen obtenido plaza.
● hubieran obtenido más de 0 puntos en la calificación del primer ejercicio.
Se entenderá que unas pruebas selectivas han finalizado con la publicación en el BOE de la relación definitiva de personas aspirantes aprobadas que han superado el proceso (la oferta de empleo público de referencia es la de 2016).
3.– Requisitos de los aspirantes.
Las personas que soliciten entrar en las bolsas de trabajo deberán cumplir los requisitos establecidos en la Orden de 16 de septiembre de 2010, de la Consejera de Justicia y Administración Pública.
4.– Modelos y plazos de presentación de solicitudes.
4.1.– El personal que desee tomar parte en esta convocatoria deberá realizar por medios electrónicos los siguientes trámites:
a) La presentación de la solicitud para tomar parte en esta convocatoria.
b) La presentación de la documentación que se acompañe a la misma, en su caso.
4.2.– Para la presentación de la solicitud de participación y, en su caso, de la documentación que se acompañe a la misma, se utilizará el formulario electrónico elaborado al efecto, que estará disponible en www.euskadi.eus/z16-a2appa/es/q41auUdaWar/E20/?locale=es
4.3.– La presentación tanto de la solicitud como de cualquier otro documento relacionado con la convocatoria por medios no electrónicos se tendrá por no presentado.
4.4.– Las actuaciones que se deriven de la convocatoria se publicarán en las páginas www.justizia.eus y en el Portal del personal de Justicia, sin perjuicio de su publicación en otros medios de conformidad con lo dispuesto en las presentes bases.
4.5.– El plazo de presentación de solicitudes será de 30 días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial del País Vasco.
Las solicitudes irán dirigidas a la Directora de la Administración de Justicia del Departamento de Trabajo y Justicia.
4.6.– Si se desea acceder a más de una bolsa de trabajo, la persona participante deberá presentar una solicitud por cada bolsa.
5.– Documentación a adjuntar a la solicitud.
– Certificación oficial u homologación del título acreditativo del perfil lingüístico de euskera alegado, excepto si se autoriza a esta Administración a su comprobación en el Registro Unificado de Títulos y Certificaciones de Euskera. En caso de no constar en dicho Registro deberá acreditarse.
– Certificación oficial de la titulación exigida para el acceso al Cuerpo, u otras titulaciones oficiales, excepto si se autoriza a esta Administración a su comprobación en el Registro de títulos del Ministerio de Educación, tanto universitarios como no universitarios.
Si los títulos alegados se hubieran obtenido con anterioridad a 1992 (títulos universitarios oficiales), o se hubieran expedido con anterioridad a 1991 (títulos no universitarios oficiales), y no se hubiera solicitado su inscripción en alguno de dichos registros, deberán aportarse.
– Certificación expedida por la autoridad competente que acredite la superación de los tres primeros cursos de la Licenciatura en Derecho o la obtención de 180 créditos del Grado en Derecho.
6.– Forma de presentación de solicitudes.
Para realizar estos trámites el personal candidato deberá disponer de uno de los medios de identificación y firma electrónicos admitidos en la sede electrónica de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Euskadi, siendo estos los que se recogen en https://www.euskadi.eus/medios-de-identificacion-electronica-admitidos/web01-sede/es/ y, entre ellos:
a) Los certificados de persona física emitidos por Izenpe, incluida la B@kQ.
b) Los certificados (de persona física) de firma electrónica en formato software de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre.
c) DNI electrónico.
7.– Listas provisionales.
Una vez elaboradas las relaciones provisionales de personas admitidas y excluidas a las bolsas de trabajo para la cobertura de necesidades temporales de personal al servicio de la Administración de Justicia en la Comunidad Autónoma de Euskadi, serán expuesta en las páginas www.justizia.eus y en el Portal del personal de Justicia.
Contra la resolución provisional de personal admitido y excluido, cabrá formular alegaciones en el plazo de diez días hábiles desde su publicación.
8.– Listas definitivas.
Una vez resueltas las alegaciones, se expondrán las relaciones definitivas de personas admitidas y excluidas a las bolsas de trabajo para la cobertura de necesidades temporales de personal al servicio de la Administración de Justicia en la Comunidad Autónoma de Euskadi, en los mismos lugares en que han sido expuestas las relaciones provisionales y la reseña de la Resolución definitiva será publicada en el Boletín Oficial del País Vasco.
9.– Recursos.
La presente convocatoria no agota la vía administrativa. Contra la misma podrá interponerse recurso de alzada ante la Viceconsejería de Justicia en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.
En Vitoria-Gasteiz, a 30 de junio de 2020.
La Directora de la Administración de Justicia,
MARÍA ISABEL GABRIEL BELLIDO.