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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 122, martes 23 de junio de 2020


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE SALUD
2465

RESOLUCIÓN de 27 de marzo de 2020, del Viceconsejero de Salud, por la que se modifica la Resolución de 30 de diciembre de 2019, del Viceconsejero de Salud, por la que se conceden ayudas económicas para el mantenimiento de equipos municipales de prevención de las drogodependencias en el ejercicio 2019.

Por Orden de 3 de julio de 2019, del Consejero de Salud, se convocaron las ayudas económicas para el mantenimiento de equipos municipales de prevención de las drogodependencias en el ejercicio 2019.

Analizadas y evaluadas por la Dirección de Salud Pública y Adicciones las solicitudes presentadas; de conformidad con lo establecido en el artículo 9.2 de la Orden de 3 de julio de 2019, del Consejero de Salud, y vistas la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y demás disposiciones normativas de general y concordante aplicación, el 30 de diciembre de 2019, el Viceconsejero de Salud, elaboró la resolución, que ajustándose a los límites presupuestarios, determinaba las ayudas económicas destinadas al mantenimiento de equipos municipales de prevención de las drogodependencias en el ejercicio 2019.

Notificada dicha Resolución a las entidades beneficiarias, con fecha 16 de enero de 2020, el Ayuntamiento de Amorebieta-Etxano, beneficiario de esta convocatoria de ayudas, interpone, en forma y plazo, recurso de alzada en el que solicita que se revise la asignación de la subvención otorgada, alegando para ello las consideraciones oportunas.

Tras el análisis de lo alegado por el Ayuntamiento de Amorebieta-Etxano, se dicta Orden de 11 de marzo de 2020, de la Consejera de Salud, por la que se estima el recurso de alzada interpuesto por dicho Ayuntamiento, y se insta a la Viceconsejería de Salud a proceder al abono de la cantidad que, teniendo en cuenta las alegaciones presentadas, en realidad les corresponde.

Como consecuencia de la estimación del recurso de alzada interpuesto por el ayuntamiento de Amorebieta-Etxano, y teniendo en cuenta el artículo 11.2 de la Orden, que establece que «En el caso de que la dotación de los recursos económicos asignados a las ayudas previstas en el Capítulo II no alcanzase para atender las solicitudes, en la cuantía máxima que posibilita el artículo 18 o en la solicitada si esta fuera inferior, se distribuirá aquella dotación entre las solicitudes en proporción a la cantidad que les correspondería si hubiera fondos suficientes», corresponde modificar la Resolución de 30 de diciembre de 2019, del Viceconsejero de Salud, en lo que respecta a los importes de las ayudas otorgadas a todas las entidades locales beneficiarias de las ayudas.

Por todo ello, de conformidad con lo dispuesto en el apartado 5.º del artículo 26 de la Ley 7/1981, de 30 de junio, sobre Ley de Gobierno, así como, de acuerdo con el artículo 5 del Decreto 80/2017, de 11 de abril, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Salud,

RESUELVO:

1.– Modificar el Anexo I de la Resolución de 30 de diciembre de 2019, del Viceconsejero de Salud, por la que se resuelve el Capítulo II la convocatoria de subvenciones previstas en la Orden de 3 de julio de 2019, por la que se conceden ayudas económicas para el mantenimiento de equipos municipales de prevención de las drogodependencias, para adecuar los importes concedidos a todas las entidades locales beneficiarias de esta ayuda, una vez estimado el recurso de alzada interpuesto por el Ayuntamiento de Amorebieta-Etxano.

2.– El ajuste de las cantidades se realizará en los segundos pagos que se detallan en el Anexo II de la presente Resolución, y que tal y como establece el artículo 18.3 de la Orden de Ayudas, se realizarán una vez que la Dirección de Salud Pública y Adicciones dé el visto bueno a la justificación enviada por las entidades beneficiarias.

Contra la presente Resolución podrá interponerse recurso de alzada ante la Consejera de Salud en el plazo de un mes, a contar desde su notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

En Vitoria-Gasteiz, a 27 de marzo de 2020.

El Viceconsejero de Salud,

IGNACIO JESÚS BERRAONDO ZABALEGUI.

ANEXO I
MODIFICACIÓN AYUDAS CONCEDIDAS PARA EL MANTENIMIENTO DE EQUIPOS TÉCNICOS 2019
(Véase el .PDF)
ANEXO II
AYUDAS CONCEDIDAS PARA EL MANTENIMIENTO DE EQUIPOS TECNICOS 2019 (2º PAGO)
(Véase el .PDF)

Análisis documental