N.º 118, miércoles 17 de junio de 2020
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OTRAS DISPOSICIONES
DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN
2364
ORDEN de 21 de mayo de 2020, de la Consejera de Educación, por la que se autoriza la modificación del centro privado de Educación Infantil, Primaria y Secundaria «Sagrado Corazón» de San Sebastián (Gipuzkoa).
Examinado el expediente iniciado por el representante de la entidad titular del centro privado de Educación Infantil, Primaria y Secundaria «Sagrado Corazón» de San Sebastián (Gipuzkoa), en solicitud de autorización para la apertura y funcionamiento de dos aulas abiertas de Educación Especial en dicho centro.
Resultando que el citado expediente ha sido tramitado de conformidad con el procedimiento establecido, que se ha unido al mismo la documentación exigida por la normativa vigente y que ha sido informado por los organismos competentes en la materia.
Vistos el Real Decreto 332/1992, de 3 de abril (BOE del 9), sobre autorizaciones de centros docentes privados para impartir enseñanzas de régimen general no universitarias, la Orden de 30 de julio de 1998 (BOPV del 31 de agosto), por la que se establecen criterios de escolarización del alumnado con necesidades educativas especiales y dotación de recursos para su correcta atención en las distintas etapas del sistema educativo, y demás legislación aplicable en la materia,
RESUELVO:
Artículo 1.– Se autoriza, a partir del curso escolar 2020-2021, la apertura y funcionamiento de dos aulas abiertas de Educación Especial en el centro docente que se describe a continuación:
Códigos: 20004484 y 012549.
Denominación genérica: Centro Privado de Educación Infantil, Primaria y Secundaria.
Denominación específica: «Sagrado Corazón».
Titular: Hermanos del Sagrado Corazón.
Domicilio: Mundaizko bidea 30.
Municipio: San Sebastián.
Territorio Histórico: Gipuzkoa.
Autorización: 2 aulas abiertas de Educación Especial.
Composición resultante:
– Educación Infantil 1.º ciclo: 4 unidades con la siguiente capacidad:
● 2 unidades para niños y niñas de uno a dos años con capacidad, cada una de ellas, para 13 puestos escolares.
● 2 unidades para niños y niñas de dos a tres años con capacidad, cada una de ellas, para 18 puestos escolares.
– Educación Infantil 2.º ciclo: 6 unidades con capacidad para 141 puestos escolares.
– Educación Primaria: 18 unidades con capacidad para 450 puestos escolares.
– Educación Secundaria Obligatoria: 12 unidades con capacidad para 360 puestos escolares.
– Bachillerato: Modalidades de «Ciencias» y «Humanidades y Ciencias Sociales», 6 unidades con capacidad para 210 puestos escolares.
– Educación Especial: 2 aulas abiertas.
Artículo 2.– El centro queda obligado al cumplimiento de la normativa vigente en cuanto a la titulación académica y perfil lingüístico del profesorado destinado a las unidades autorizadas por la presente Orden. En caso contrario, procedería la revocación de la autorización otorgada.
Artículo 3.– El centro deberá cumplir el Código Técnico de la Edificación, aprobado por el Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, así como las condiciones higiénicas, sanitarias, acústicas, de habitabilidad, de seguridad y de accesibilidad que se señalen en la legislación vigente. La responsabilidad por el incumplimiento de dichas condiciones corresponde al titular del centro.
DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA
El otorgamiento de la autorización contenida en la presente Orden no implica, en modo alguno, la obtención de ayudas a través del régimen de conciertos educativos.
DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA
Contra la presente Orden podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante la Consejera de Educación en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco, o recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.
En Vitoria-Gasteiz, a 21 de mayo de 2020.
La Consejera de Educación,
CRISTINA URIARTE TOLEDO.