N.º 105, lunes 1 de junio de 2020
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OTRAS DISPOSICIONES
DEPARTAMENTO DE DESARROLLO ECONÓMICO E INFRAESTRUCTURAS
DEPARTAMENTO DE HACIENDA Y ECONOMÍA
2108
DECRETO 68/2020, de 26 de mayo, por el que se autoriza a la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi la toma de participación en la ampliación de capital de la Sociedad Bilbao Exhibition Centre, S.A. y se autoriza la modificación del artículo 6 de los Estatutos Sociales de dicha Sociedad.
La Junta General de Accionistas de la Sociedad Bilbao Exhibition Centre, S.A. acordó en su reunión del día 30 de marzo de 2020 la realización de una ampliación del capital social por importe de 35.040.000 euros.
La Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi, en su calidad de socio de la Sociedad Bilbao Exhibition Centre, S.A. tiene el derecho de suscripción preferente de las nuevas acciones, que, en su caso, acuerde emitir la Junta General de Accionistas de la citada Sociedad Pública, de conformidad con lo previsto en el artículo 304 del texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio.
El Artículo 110.1 del Texto Refundido de la Ley del Patrimonio de Euskadi aprobado por el Decreto Legislativo 2/2007, de 6 de noviembre, establece que la adquisición de bienes y derechos integrantes del patrimonio empresarial requiere autorización previa del Consejo de Gobierno, por decreto, a propuesta conjunta del consejero o consejera competente en materia de patrimonio y del consejero o consejera del departamento al que, directamente o a través de un ente instrumental, se encuentre o vaya a encontrarse vinculada la sociedad. El decreto será publicado en el Boletín Oficial del País Vasco, sin perjuicio de su eficacia desde la fecha en que se dicte.
El decreto que autorice la adquisición de valores representativos de capital, salvo que se trate de adquisición a título gratuito, indicará necesariamente el objeto social y el porcentaje de participación, directa o indirecta, que tendrá la Comunidad Autónoma en la sociedad.
El objeto social de la sociedad Bilbao Exhibition Centre, S.A. constituye «desarrollar la actividad de organizar y gestionar certámenes comerciales, como medio de promoción comercial de las distintas ramas de la actividad económica, así como otros relacionados con el ocio y la cultura».
En su virtud, a propuesta de la Consejera de Desarrollo Económico e Infraestructuras y del Consejero de Hacienda y Economía, previa deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno en su reunión celebrada el día 26 de mayo de 2020,
DISPONGO:
Artículo 1.– Autorizar a la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi la suscripción, por importe de diecisiete millones quinientos veinte mil (17.520.000,00) euros, de la ampliación del capital social de la Sociedad Bilbao Exhibition Centre, S.A. acordada por la Junta General de Accionistas por un importe total de treinta y cinco millones cuarenta mil (35.040.000,00) euros, así como su desembolso en los términos y plazos señalados por la referida Junta y la consiguiente modificación de los estatutos sociales. La participación directa de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi en la Sociedad Bilbao Exhibition Centre, S.A. será del 49,98%.
Artículo 2.– Se autoriza al/la representante de las acciones titularidad de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi para prestar su conformidad a la modificación del artículo 6 de los estatutos sociales de la sociedad Bilbao Exhibition Centre, S.A. como consecuencia de la ampliación de capital, que queda redactado del siguiente modo:
«El capital social es de ciento sesenta y dos millones ciento ochenta mil setecientos treinta y seis (162.180.736) euros, dividido en diez millones ciento treinta y seis mil doscientas noventa y seis (10.136.296) acciones de 16 euros de valor nominal cada una, íntegramente suscritas y desembolsadas, pertenecientes a una misma clase y una misma serie, numeradas correlativamente del 1 al 10.136.296, ambos inclusive».
Artículo 3.– Facultar al Director de Patrimonio y Contratación para realizar cuantas actuaciones y suscribir cuantos documentos sean necesarios para la ejecución de lo dispuesto en los artículos anteriores.
DISPOSICIÓN FINAL
El presente Decreto surtirá efectos el día de su aprobación.
Dado en Vitoria-Gasteiz, a 26 de mayo de 2020.
El Lehendakari,
IÑIGO URKULLU RENTERIA.
La Consejera de Desarrollo Económico e Infraestructuras,
MARÍA ARANZAZU TAPIA OTAEGUI.
El Consejero de Hacienda y Economía,
PEDRO MARÍA AZPIAZU URIARTE.