N.º 101, martes 26 de mayo de 2020
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DISPOSICIONES GENERALES
DEPARTAMENTO DE HACIENDA Y ECONOMÍA
2044
ORDEN de 20 de mayo de 2020, del Consejero de Hacienda y Economía, sobre actualización de cuantías contenidas en la Ley 5/1990, de 15 de junio, de Elecciones al Parlamento Vasco.
La Disposición Adicional Cuarta de la Ley 5/1990, de 15 de junio, de elecciones al Parlamento Vasco, establece que las cuantías previstas en dicha Ley se refieren a euros constantes, correspondiendo al Departamento de Hacienda la actualización de las mismas en los siete días siguientes a la convocatoria de elecciones, de conformidad a la redacción dada por la Ley 11/2015, de 23 de diciembre.
Dado que se ha procedido a la disolución del Parlamento Vasco y a la convocatoria de elecciones, procede dar cumplimiento a la prescripción legal contenida en el párrafo precedente.
En virtud de lo expuesto,
DISPONGO:
Primero.– Las cuantías contenidas en el artículo 151 de la Ley 5/1990, de 15 de junio, de Elecciones al Parlamento Vasco y correspondientes a la subvención pública de gastos electorales quedan establecidas en:
1.– La correspondiente a la letra a) del apartado 1: veintisiete mil novecientos treinta y nueve coma cuarenta y un euros (27.939,41).
2.– La correspondiente a la letra b) del apartado 1: cero coma noventa y cuatro euros (0,94).
3.– La correspondiente a la letra c) del apartado 1: cuarenta y seis mil quinientos sesenta y cinco coma sesenta y siete euros (46.565,67).
4.– La correspondiente a la letra a) del apartado 2: cero coma veinticuatro euros (0,24).
Segundo.– El resto de las cuantías contenidas en la Ley 5/1990, de 15 de junio, de elecciones al Parlamento Vasco, no contenidas en el apartado anterior, se elevan hasta la cantidad que resulte de la aplicación del coeficiente uno coma cero cuarenta y cuatro (1,044).
DISPOSICIÓN FINAL
La presente Orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.
En Vitoria-Gasteiz, a 20 de mayo de 2020.
El Consejero de Hacienda y Economía,
PEDRO MARÍA AZPIAZU URIARTE.