N.º 91, viernes 15 de mayo de 2020
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ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
UNIDAD PROCESAL DE APOYO DIRECTO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 1 DE EIBAR
1982
EDICTO dimanante del procedimiento ordinario n.º 63/2019, seguido sobre acción resolutoria de contrato y reclamación de cantidad.
Juzgado de 1.ª Instancia e Instrucción n.º 1 de Eibar – Unidad Procesal de Apoyo Directo.
Juicio: procedimiento ordinario 63/2019.
Sobre: acción resolutoria de contrato y reclamación de cantidad.
Procuradora parte demandante: Cristina Pintado Roa.
En el referido juicio se ha dictado el 13-03-2020 sentencia poniendo fin al proceso.
En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado D. Luis Julian Solier Garcia, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil (LEC), se ha acordado notificarle la citada resolución por medio de edicto que se publicará en el Boletín Oficial del País Vasco.
Contra dicha resolución puede interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días hábiles desde la publicación de este edicto, en los términos que constan en la resolución notificada.
El plazo indicado para recurrir esta resolución queda ampliado en otros veinte días hábiles más, al resultar aplicable en este caso lo previsto en el apartado 2 del artículo 2 del Real Decreto-Ley 16/2020, de 28 de abril, de medidas procesales y organizativas para hacer frente al Covid-19 en el ámbito de la Administración de Justicia.
De conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional segunda del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el Covid-19, los plazos establecidos en esta resolución se encuentran suspendidos, al no tratarse de un asunto urgente.
El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Oficina Judicial de este Tribunal, donde podrá tener conocimiento íntegro de la misma.
En Eibar, a 12 de mayo de 2020.
LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA.